MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada

RUT 79536650-4 CVE 2458425
Fecha instrumento
19 de enero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2024
Repertorio
3372/2021
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada socio 79536650-4

Referencias (2)

  • do publicacion
    DO N° 31998 del 17 de octubre de 1984
  • do publicacion
    DO N° 42992 del 7 de mayo de 2021

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO REINOSO CIFUENTES, Notario Suplente del Titular de la 43ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835,piso 18.Comuna de Santiago , certifico: por escritura de fecha 19 de enero de 2024, ante mí, comparece: Doña GLORIA INÉS PEÑA TAPIA, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos catorce mil ochocientos setenta y ocho guion cero, domiciliada para estos efectos en calle Alexander Fleming número nueve mil ochocientos cuarenta L dos, comuna de Las Condes, por si y en representación de: don GUILLERMO HERNÁN PEÑA TAPIA, chileno, casado, sonidista, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos setenta y siete mil doscientos treinta y siete guion nueve, domiciliado para estos efectos en quinientos nueve W ciento cincuenta y cinco th Street número tres C, New York, NY diez mil treinta y dos, Estados Unidos; doña MARÍA ADRIANA PEÑA TAPIA, chilena, soltera, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos trece mil seiscientos once guión uno, domiciliada para estos efectos en calle Veintitrés Norte número mil treinta, departamento cuatrocientos diecinueve, Viña del Mar, y de paso en ésta; doña CECILIA DEL CARMEN PEÑA TAPIA, chilena, viuda, analista económico, cédula nacional de identidad número ocho millones ciento ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve guión dos, domiciliada para estos efectos en Veintitrés Norte número dos mil trescientos once, departamento doscientos ocho, Viña del Mar, V Región, y de paso en ésta; doña ANA BEATRIZ PEÑA TAPIA, chilena, soltera, diseñadora, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos catorce mil ochocientos setenta y nueve guión nueve, domiciliada en Acevedo número setecientos noventa y ocho, comuna de Peralillo, VI Región de paso por ésta, don MANUEL IGNACIO PEÑA TAPIA, chileno, divorciado, actor, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos setenta y siete mil doscientos treinta y ocho guión siete, domiciliado en Acevedo número setecientos noventa y ocho, comuna de Peralillo, VI Región; de paso por ésta, don JOSÉ MIGUEL ORTEGA CONCHA, chileno, casado, administrador, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos cuarenta y nueve mil setenta y dos guión siete, domiciliado en Pasaje Colombia número cero trescientos diecisiete, Villa Jardín del Norte, comuna de Quilicura Región Metropolitana; y don FRANCISCO ADOLFO VALDÉS SÁNCHEZ, chileno, casado, contador auditor, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos noventa y un mil ciento treinta y cinco guión cuatro, domiciliado en Pontevedra número cuatrocientos cincuenta y tres, Valle Lo Campino, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, Uno) A esta fecha, son únicos y actuales socios de la sociedad chilena de responsabilidad limitada denominada Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada, R.U.T. N° 79.536.650-4, en adelante, indistintamente, “la Sociedad”: a) Doña GLORIA INÉS PEÑA TAPIA con un 26,68% de los derechos sociales; b) Don GUILLERMO HERNÁN PEÑA TAPIA con un 26,68% de los derechos sociales; c) Doña CECILIA DEL CARMEN PEÑA TAPIA con un 12,12% de los derechos sociales; d) Doña ANA BEATRIZ PEÑA TAPIA con un 12,12% de los derechos sociales; e) Doña MARÍA ADRIANA PEÑA TAPIA con un 12,12% de los derechos sociales; f) Don MANUEL IGNACIO PEÑA TAPIA con un 7,28% de los derechos sociales; g) Don JOSÉ MIGUEL ORTEGA CONCHA con un 2% de los derechos sociales, y h) Don FRANCISCO ADOLFO VALDÉS SÁNCHEZ con un 1% de los derechos sociales. Dos) Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada fue constituida por escritura pública de fecha 14 de septiembre del año 1984, otorgada en la Notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuyo extracto fue inscrito a fojas 14.772, número 7.994, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1984. El mismo extracto se publicó en el Diario Oficial número 31998 de fecha 17 de octubre de 1984. Tres) En el acto de constitución de la sociedad sus socios eran don Manuel Peña Suazo, doña Cecilia del Carmen Peña Tapia, doña Gloria Inés Peña Tapia, doña Ana Beatriz Peña Tapia, doña María Adriana Peña Tapia y don Manuel Ignacio Peña Tapia. Cuatro) Por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 1990, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, se modificó la sociedad individualizada en el número Dos), Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 2.534, número 1210 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1991. El mismo extracto se publicó en el Diario Oficial número 33873, con fecha 21 de enero de 1991. Cinco) Doña Magaly Guacolda Huerta Rojas falleció el día 6 de junio de 2006. La posesión efectiva de los bienes quedados a su fallecimiento fue concedida a don Manuel Peña Suazo y a doña Melania Aglae Huerta Rojas, por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago con fecha 13 de marzo de 2007 en expediente causa rol V -3-2007, caratulado “Huerta Rojas Magaly”; posesión efectiva inscrita a fojas 62744, número 99946, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007 y a fojas 8684 vuelta, número 11095, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 2007, a cuyo margen, en ambas inscripciones, se anotó la aprobación del pago del impuesto a la herencia. Y aquélla, además se anotó al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad, referida en la cláusula PRIMERO número Dos). Seis) Por escritura pública de fecha 9 de abril del año 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego, se modificó la sociedad singularizada en el número Dos), Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 16550, número 11224 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008. El mismo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 18 de abril de 2008. Siete) Por escritura pública de fecha 21 de abril de 2008, otorgada en la notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego, don Manuel Peña Suazo y doña Melania Aglae Huerta Rojas liquidaron la comunidad de bienes existente entre ellos, adjudicándose al primero los derechos sociales de que era propietaria la causante doña Magaly Guacolda Huerta Rojas en la sociedad. La liquidación y adjudicación se anotó al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad, referida en la cláusula PRIMERO número Dos). De esta forma, quedaron como únicos socios don Manuel Peña Suazo, con un 85% de participación social y propiedad de la sociedad; doña Nolvia Perina Peña Suazo, con un 12% de participación social y propiedad de dicha sociedad; don José Miguel Ortega Concha, con un 2% de participación social y propiedad de dicha sociedad; don Francisco Adolfo Valdés Sánchez, con un 1% de participación social y propiedad de la referida sociedad. Ocho) Por escritura pública de fecha 24 de diciembre del año 2008, otorgada ante la Notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego, se modificó la sociedad singularizada en el número Dos), particularmente, en lo que para estos efectos importa, en el sentido que doña Nolvia Perina Peña Suazo vendió, cedió y transfirió a don Manuel Peña Suazo la totalidad de sus derechos sociales; esto es, un 12% de las participaciones sociales totales y propiedad de dicha sociedad. De esta forma, quedaron como únicos socios: don Manuel Peña Suazo, con un 97% de participación social y propiedad de la sociedad; don José Miguel Ortega Concha, con un 2% de participación social y propiedad de la sociedad; don Francisco Alfredo Valdés Sánchez, con un 1% de participación social y propiedad de la sociedad. Nueve) Con fecha 25 de agosto de 2018 falleció don Manuel Peña Suazo. La posesión efectiva testada de los bienes quedados a su fallecimiento fue concedida a doña Gloria Inés Peña Tapia, a don Guillermo Hernán Peña Tapia, a doña Cecilia del Carmen Peña Tapia, a doña Ana Beatriz Peña Tapia, a doña María Adriana Peña Tapia, a don Manuel Ignacio Peña Tapia y a doña María Luisa del Carmen Correa Bezanilla, por autos de fechas 11 de abril de 2019 y 8 de mayo de 2019, del Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar, en expediente causa rol V -13-2019, caratulado “Peña/Peña”; posesión efectiva inscrita a fojas 33764, número 47678, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020 y a fojas 4236 vuelta, número 4590, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 2020, a cuyo margen, en ambas inscripciones, se anotó la aprobación del pago del impuesto a la herencia. Y aquélla, además, se anotó al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad, referida en el número Dos). Diez) Por escritura pública de fecha 7 de mayo de 2021 repertorio 3372/ 2021, otorgada en la notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica, la sucesión de don Manuel Peña Suazo realizó una partición y adjudicación parcial de los bienes quedados al fallecimiento del causante, únicamente en relación con el 97% de los derechos sociales de la Sociedad, de que era propietario don Manuel Peña Suazo al tiempo de su fallecimiento. Según consta en dicha escritura, el 97% de los derechos sociales se adjudicó, en proporción a sus cuotas hereditarias, a doña Gloria Inés Peña Tapia, don Guillermo Hernán Peña Tapia, doña Cecilia del Carmen Peña Tapia, doña Ana Beatriz Peña Tapia, doña María Adriana Peña Tapia, don Manuel Ignacio Peña Tapia y doña María Luisa del Carmen Correa Bezanilla. La partición y adjudicación parcial se anotó al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad, referida en la cláusula PRIMERO número Dos) anterior. Producto de la partición y adjudicación parcial antes referida, los herederos y cónyuge sobreviviente y en los porcentajes siguientes, de los derechos sociales: /a/ doña GLORIA INÉS PEÑA TAPIA con un veintiuno coma dieciocho por ciento de los derechos sociales; /b/ don GUILLERMO HERNÁN PEÑA TAPIA con un 21,18% de los derechos sociales; c) doña CECILIA DEL CARMEN PEÑA TAPIA con un 9,62% de los derechos sociales; d) doña ANA BEATRIZ PEÑA TAPIA con un 9,62% de los derechos sociales; /e/ doña MARÍA ADRIANA PEÑA TAPIA con un 9,62% de los derechos sociales; /f/ don MANUEL IGNACIO PEÑA TAPIA con un 5,78% de los derechos sociales; /g/ doña MARÍA LUISA DEL CARMEN CORREA BEZANILLA con un 20% de los derechos sociales; /h/ don JOSÉ MIGUEL ORTEGA CONCHA con un 2% de los derechos sociales, y i) don FRANCISCO ADOLFO VALDÉS SÁNCHEZ con un 1% de los derechos sociales. Dicha modificación se extractó, inscribiéndose en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 51304, número 23755 del año 2021 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 2 de julio de 2021 número 42992. Once) Por escritura pública de permuta celebrada con fecha 7 de mayo de 2021 repertorio 3374/2021 en la notaría de don Cosme Gomila Gatica, doña Gloria Inés Peña Tapia, don Guillermo Hernán Peña Tapia, doña Cecilia del Carmen Peña Tapia, doña Ana Beatriz Peña Tapia, doña María Adriana Peña Tapia, don Manuel Ignacio Peña Tapia adquirieron el porcentaje de derechos sociales de propiedad de doña María Luisa del Carmen Correa Bezanilla, esto es, un 20% de los derechos sociales en la Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales, distribuyéndose entre ellos en proporción a sus respectivas participaciones en la sociedad. Dichos derechos se avaluaron en ciento cuarenta y dos millones quinientos cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta y nueve pesos según contabilidad autorizada por el Servicio de Impuestos Internos, los que se dieron por pagados de acuerdo a lo señalado en la escritura pública de permuta ya citada. Dicha modificación se inscribió a fojas 51587 número 23853, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 y se publicó en el Diario Oficial número 42992 de fecha 7 de mayo de 2021. Producto de la permuta antes mencionada los socios quedaron con las participaciones indicadas en el numeral uno) anterior de este instrumento SEGUNDO. Por el presente instrumento, doña Cecilia del Carmen Peña Tapia vende cede y transfiere a doña Gloria Inés Peña Tapia el 12,12% de los derechos sociales en la Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada TERCERO. El precio de la venta de los derechos sociales antes mencionada es la suma de $83.874.480 que se pagarán en 60 cuotas iguales sucesivas y mensuales de $1.397.908, a partir de esta fecha. CUARTO. Por el presente instrumento, doña Ana Beatriz Peña Tapia, vende cede y transfiere a don Guillermo Hernán Peña Tapia representado por doña Gloria Inés Peña Tapia, el 9,7% de los derechos sociales en la Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada. QUINTO. El precio de la venta de los derechos sociales antes mencionada es la suma de $67.127.272, que se pagarán en 60 cuotas iguales sucesivas y mensuales de $1.118.788, a partir de esta fecha SEXTO. Por el presente instrumento, doña Ana Beatriz Peña Tapia, vende cede y transfiere a doña Gloria Inés Peña Tapia el 2,42% de los derechos sociales en la Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada. SÉPTIMO. El precio de la venta de los derechos sociales antes mencionada es la suma de $16.747.216, que se pagarán en 60 cuotas iguales sucesivas y mensuales de $279.120, a partir de esta fecha. OCTAVO. Por el presente instrumento, don Manuel Ignacio Peña Tapia, vende cede y transfiere a doña Gloria Inés Peña Tapia el 7,25% de los derechos sociales en la Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada. NOVENO. El precio de la venta de los derechos sociales antes mencionada es la suma de $50.380.056, que se pagarán en 60 cuotas iguales sucesivas y mensuales de $839.667, a partir de esta fecha. DECIMO: Por el presente instrumento, doña Maria Adriana Peña Tapia, vende cede y transfiere a don Guillermo Hernán Peña Tapia representado por doña Gloria Inés Peña Tapia el 12,12% de los derechos sociales en la Sociedad Agencia de Compras Internacionales y Nacionales Limitada. DECIMO PRIMERO El precio de la venta de los derechos sociales antes mencionada es la suma de $83.274.489, que se pagarán en 60 cuotas iguales sucesivas y mensuales de $1.397.908, a partir de esta fecha. DÉCIMO SEGUNDO. Como consecuencia de las ventas de derechos antes singularizadas quedan como socios de “SOCIEDAD AGENCIA DE COMPRAS INTERNACIONALES Y NACIONALES LIMITADA” los siguientes: a) Doña GLORIA INÉS PEÑA TAPIA con un 48,5% de los derechos sociales; b) Don GUILLERMO HERNÁN PEÑA TAPIA con un 48,5% de los derechos sociales; c) Don JOSÉ MIGUEL ORTEGA CONCHA con un 2% de los derechos sociales, y d) Don FRANCISCO ADOLFO VALDÉS SÁNCHEZ con un 1% de los derechos sociales. DECIMO PRIMERO. Todos los socios, de común acuerdo, ya individualizados, por este acto declaran que autorizan expresamente la transferencia de los derechos sociales antes señalados. DÉCIMO SEGUNDO. Se deja expresa constancia en este acto de que, el único objeto y fin que tiene la presente modificación de las participaciones sociales en la sociedad ya individualizada es cumplir con la voluntad del causante, don Manuel Peña Tapia, fallecido el 25 de agosto de 2018, expresada en su testamento otorgado con fecha 6 de octubre de 2015 ante el Notario de Santiago don Juan Saiz Del Campo, que se inscribió a fojas 33765 número 47679 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020 y a fojas 4234 número 4589 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 2020, con el objeto de cumplir con el pago de legados que constan en el mismo instrumento, a doña Gloria Inés y Guillermo Arturo, ambos Peña Tapia. De esta forma, con la sola finalidad de cumplir con la voluntad del causante y con el sentido de las normas que regulan las asignaciones condicionales en el artículo mil setenta y siguiente del Código Civil y con las normas sobre legado de cosa ajena del artículo mil ciento seis y siguiente del mismo Código Civil, y que la operación para dar cumplimiento a los legados, no significa un incremento de patrimonio para ninguno de los comparecientes todos los ellos han acordado que, en definitiva, se radiquen en los legatarios ya mencionados los derechos sociales ya singularizados legados por el causante. Se deja constancia de que los comparecientes han pagado todos los impuestos correspondientes a la herencia del causante por los derechos sociales transferidos en virtud de este instrumento. En todo lo no modificado se mantiene el pacto social vigente. Santiago, 08 de febrero de 2024.-