MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

POINTERUP ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA

RUT 77655757-9 CVE 2458005
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
8 de febrero de 2024

Instrumento

Fecha
8 de febrero de 2024

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Padre Ted Huard 4647, casa 3, Lo Barnechea; doña Karen Cecilia Ana Dueñas Dujovne, ingeniero comercial, CI 5.678.181-1

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Jorge Rodrigo Avilés Barros socio 15644716-1
Karen Cecilia Ana Dueñas Dujovne socio 5678181-1
Gerardo Egaña Durán socio 15385669-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Benjamín Andrés Castillo Montalvo, Notario Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes, Certifica: Por escritura pública de fecha 08 de febrero de 2024, ante mí, don Jorge Rodrigo Avilés Barros, abogado, CI 15.644.716-1, domicilio: Padre Ted Huard 4647, casa 3, Lo Barnechea; doña Karen Cecilia Ana Dueñas Dujovne, ingeniero comercial, CI 5.678.181-1, domicilio: Camino del Sol 2886, Lo Barnechea; y don Gerardo Egaña Durán, ingeniero comercial, CI 15.385.669-9, domicilio: El Golf de Manquehue 9755, casa 17, Lo Barnechea, modificaron la sociedad “POINTERUP ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA" de la siguiente manera: 1) Ingresa como nuevo socio don Gerardo Egaña Durán, aportando a la sociedad la suma de $500.000, que se entera al contado y en dinero en efectivo; 2) Con motivo del ingreso del nuevo socio, se aumenta el capital de la sociedad de $1.000.000 a $1.500.000, quedando cada socio con un tercio de participación en el capital social; 3) Se modifica la administración y uso de la Razón Social, correspondiéndole conjuntamente a 2 cualquiera de los 3 socios, con las facultades indicadas en la escritura extractada; y 4) Se modifica la duración de la sociedad, quedando en 2 años contados desde la fecha del instrumento de constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de 1 año, en la forma estipulada en el pacto social. En todo lo demás rige el pacto social original o constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Las Condes, 09 de febrero de 2024.