POINTERUP ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2024
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Padre Ted Huard 4647, casa 3, Lo Barnechea; doña Karen Cecilia Ana Dueñas Dujovne, ingeniero comercial, CI 5.678.181-1
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Jorge Rodrigo Avilés Barros | socio | 15644716-1 | — | — | |
| Karen Cecilia Ana Dueñas Dujovne | socio | 5678181-1 | — | — | |
| Gerardo Egaña Durán | socio | 15385669-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBenjamín Andrés Castillo Montalvo, Notario Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes, Certifica: Por escritura pública de fecha 08 de febrero de 2024, ante mí, don Jorge Rodrigo Avilés Barros, abogado, CI 15.644.716-1, domicilio: Padre Ted Huard 4647, casa 3, Lo Barnechea; doña Karen Cecilia Ana Dueñas Dujovne, ingeniero comercial, CI 5.678.181-1, domicilio: Camino del Sol 2886, Lo Barnechea; y don Gerardo Egaña Durán, ingeniero comercial, CI 15.385.669-9, domicilio: El Golf de Manquehue 9755, casa 17, Lo Barnechea, modificaron la sociedad “POINTERUP ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA" de la siguiente manera: 1) Ingresa como nuevo socio don Gerardo Egaña Durán, aportando a la sociedad la suma de $500.000, que se entera al contado y en dinero en efectivo; 2) Con motivo del ingreso del nuevo socio, se aumenta el capital de la sociedad de $1.000.000 a $1.500.000, quedando cada socio con un tercio de participación en el capital social; 3) Se modifica la administración y uso de la Razón Social, correspondiéndole conjuntamente a 2 cualquiera de los 3 socios, con las facultades indicadas en la escritura extractada; y 4) Se modifica la duración de la sociedad, quedando en 2 años contados desde la fecha del instrumento de constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de 1 año, en la forma estipulada en el pacto social. En todo lo demás rige el pacto social original o constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Las Condes, 09 de febrero de 2024.