CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LEGALIZARTE ASESORÍAS, SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA

CVE 2457792
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de febrero de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2024
Repertorio
1150/2024
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
LEGALIZARTE LIMITADA; (2)
Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: La prestación de servicios o asesorías profesionales exclusivamente relacionadas con la práctica de A) La prestación de servicios legales y asesorías legales en general a terceros, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, con personal propio o subcontratado, comprendiendo asesorías tributarias, laborales, civiles y comerciales, desarrollando actividades tales como: constitución de sociedades, confección de contratos e instrumentos legales, litigación y mediación judicial, etc. Igualmente, la tercerización mediante el suministro y provisión de personal para dichas tareas u otras labores, tanto administrativas como profesionales en las más variadas funciones de administración de una empresa o institución pública. B) La prestación de servicios de asesoría y consultoría técnica a personas naturales o jurídicas, empresas públicas o privadas, de todo tipo y rubro productivo, sea industrial, comercial, agrícola, minero, forestal, de servicios u otro, en las más amplias materias y en relación con toda clase de procesos productivos y operaciones de las mismas, en particular, aunque no exclusivamente en relación con sus procesos productos y aspectos técnicos y de ingeniería, o igualmente en áreas de gestión, comerciales, financieras, investigación u otras propias de la actividad empresarial; incluida la prestación de servicios de investigación y estudios de toda clase, pudiendo desarrollar para ello todo tipo de análisis, sondeos de opinión, entrevistas y en general informes y estudios sobre la materia. La compra, venta, arrendamiento y corretaje de bienes inmuebles y toda otra actividad de inversión y servicios relacionada directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria, la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir; enajenar; tasar; dar y recibir en arrendamiento, con o sin opción de compra; subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; encargar la construcción, transformar y explotar bienes inmuebles, urbanos o rurales, en cualquier forma y a cualquier título, acogidas o no a franquicias tributarias o subsidios habitacionales; administrar estas inversiones, proyectos y actividades y percibir sus frutos. C) Capacitaciones en todo ámbito, tales como, legales, laborales, educacionales u ocupaciones en las materias del giro, en todas sus formas, sean charlas, cursos, seminarios, convenciones u otros programas, impartidos en las más diversas modalidades de instrucción, presencial o a distancia vía medios digitales u otros, dirigidos a personas, funcionarios y trabajadores de todo tipo de organización productiva o institución, sean privadas, fiscales o semifiscales, así como también poder realizar todo tipo de consultoría y asesoría dentro del giro de las capacitaciones pudiendo desarrollar todo tipo de informes, diagnósticos, estudios y análisis en la materia. D) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Las actividades indicadas las podrá desarrollar directamente o indirectamente, de manera física o a través de los métodos que provean las tecnologías de la información y comunicación, ya sea en forma individual o conjunta con otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá constituir nuevas sociedades y)o incorporarse a otras ya existentes;(3)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos Nº 578, Santiago, Certifico que: Por escritura pública de fecha 14 de febrero de 2024, Repertorio N°1.150/2024, ante mí, Doña ERIKA CECILIA SOLAR PINTO y don DANILO VILLALÓN GALLARDO, ambos domiciliados en avenida Manquehue Sur N°520 oficina 205, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, siguientes menciones extractables: (1) Razón social: "LEGALIZARTE ASESORÍAS, SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA", pudiendo usar el nombre de fantasía: LEGALIZARTE LIMITADA; (2) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: La prestación de servicios o asesorías profesionales exclusivamente relacionadas con la práctica de A) La prestación de servicios legales y asesorías legales en general a terceros, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, con personal propio o subcontratado, comprendiendo asesorías tributarias, laborales, civiles y comerciales, desarrollando actividades tales como: constitución de sociedades, confección de contratos e instrumentos legales, litigación y mediación judicial, etc. Igualmente, la tercerización mediante el suministro y provisión de personal para dichas tareas u otras labores, tanto administrativas como profesionales en las más variadas funciones de administración de una empresa o institución pública. B) La prestación de servicios de asesoría y consultoría técnica a personas naturales o jurídicas, empresas públicas o privadas, de todo tipo y rubro productivo, sea industrial, comercial, agrícola, minero, forestal, de servicios u otro, en las más amplias materias y en relación con toda clase de procesos productivos y operaciones de las mismas, en particular, aunque no exclusivamente en relación con sus procesos productos y aspectos técnicos y de ingeniería, o igualmente en áreas de gestión, comerciales, financieras, investigación u otras propias de la actividad empresarial; incluida la prestación de servicios de investigación y estudios de toda clase, pudiendo desarrollar para ello todo tipo de análisis, sondeos de opinión, entrevistas y en general informes y estudios sobre la materia. La compra, venta, arrendamiento y corretaje de bienes inmuebles y toda otra actividad de inversión y servicios relacionada directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria, la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir; enajenar; tasar; dar y recibir en arrendamiento, con o sin opción de compra; subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; encargar la construcción, transformar y explotar bienes inmuebles, urbanos o rurales, en cualquier forma y a cualquier título, acogidas o no a franquicias tributarias o subsidios habitacionales; administrar estas inversiones, proyectos y actividades y percibir sus frutos. C) Capacitaciones en todo ámbito, tales como, legales, laborales, educacionales u ocupaciones en las materias del giro, en todas sus formas, sean charlas, cursos, seminarios, convenciones u otros programas, impartidos en las más diversas modalidades de instrucción, presencial o a distancia vía medios digitales u otros, dirigidos a personas, funcionarios y trabajadores de todo tipo de organización productiva o institución, sean privadas, fiscales o semifiscales, así como también poder realizar todo tipo de consultoría y asesoría dentro del giro de las capacitaciones pudiendo desarrollar todo tipo de informes, diagnósticos, estudios y análisis en la materia. D) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Las actividades indicadas las podrá desarrollar directamente o indirectamente, de manera física o a través de los métodos que provean las tecnologías de la información y comunicación, ya sea en forma individual o conjunta con otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá constituir nuevas sociedades y/o incorporarse a otras ya existentes;(3) Duración: indefinida, forma estipulada pacto social. (4) Capital social: $1.000.000.- que los socios enteran y aportan de la siguiente forma: A) ERIKA CECILIA SOLAR PINTO, la cantidad de $950.000 que corresponden al 95% del capital social y, B) DANILO VILLALÓN GALLARDO, la cantidad de $50.000 que corresponden al 5 por ciento del capital social, quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. (5) Administración, representación y el uso de su razón social: corresponderá a ERIKA CECILIA SOLAR PINTO, como un solo socio con las más amplias facultades detalladas en escritura; (6) Responsabilidad de los socios: queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago,16 de febrero de 2024.