Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 2024
- Repertorio
- 1007-2024
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto a) La realización de todo tipo de inversiones, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales en especial derechos, acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores mobiliarios, títulos de crédito, efectos de comercio y derechos en sociedades cualquiera naturaleza, pudiendo administrar y explotar tales inversiones y)o efectos públicos y)o de comercios, y en general en cualquier negocio, empresa o actividad económica, pudiendo participar como socia o accionista en cualquier sociedad, civil o comercial, actualmente existente o concurrir a su constitución; b) La realización de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, arrendar y explotar bienes inmuebles urbanos o rurales, en cualquier forma y a cualquier título; c)La compra, venta, producción, distribución, importación, exportación, comercialización y en general, toda clase de actos de comercio sobre bienes corporales muebles; d)La representación de toda clase de personas naturales o jurídicas, firmas nacionales y)o extranjeras; e) La participación en toda clase de sociedades, fondos, y asociaciones; f)La celebración de toda clase de actos y contratos y el desarrollo de cualquier actividad complementaria al objeto social, g) En general, podrá realizar todas aquellas actividades actos o contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para el desarrollo de su
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social, corresponderá a don Felipe Ignacio Contreras Bertin, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos setenta y tres mil setenta y dos guion uno y a don Julio Andrés Arriagada Paredes, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos ocho mil quinientos uno guion uno, de manera que, actuando conjuntamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades, en especial con todas las facultades indicadas en el artículo décimo primero de la escritura de constitución societaria. -Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO QUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico que: por escritura pública de fecha 14 de febrero de 2024, Repertorio N°1.007- 2024, ante la Notario Suplente doña ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, a) Don FELIPE IGNACIO CONTRERAS BERTIN, chileno, soltero, ingeniero civil en computación, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos setenta y tres mil setenta y dos guion uno, con domicilio en Juan Montalvo número setenta y cinco, departamento mil quinientos tres, Comuna Las Condes, Región Metropolitana y b) don JULIO ANDRÉS ARRIAGADA PAREDES, chileno, soltero, ingeniero Civil en informática, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos ocho mil quinientos uno guion uno, con domicilio en San Ignacio número mil doscientos noventa, casa 14, Comuna Padre Hurtado, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad por acciones denominada: INVERSIONES REKODI SpA, cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: El nombre de la sociedad será “Inversiones Rekodi SpA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “Rekodi SpA” para fines comerciales, financieros y de publicidad. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto a) La realización de todo tipo de inversiones, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales en especial derechos, acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores mobiliarios, títulos de crédito, efectos de comercio y derechos en sociedades cualquiera naturaleza, pudiendo administrar y explotar tales inversiones y/o efectos públicos y/o de comercios, y en general en cualquier negocio, empresa o actividad económica, pudiendo participar como socia o accionista en cualquier sociedad, civil o comercial, actualmente existente o concurrir a su constitución; b) La realización de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, arrendar y explotar bienes inmuebles urbanos o rurales, en cualquier forma y a cualquier título; c)La compra, venta, producción, distribución, importación, exportación, comercialización y en general, toda clase de actos de comercio sobre bienes corporales muebles; d)La representación de toda clase de personas naturales o jurídicas, firmas nacionales y/o extranjeras; e) La participación en toda clase de sociedades, fondos, y asociaciones; f)La celebración de toda clase de actos y contratos y el desarrollo de cualquier actividad complementaria al objeto social, g) En general, podrá realizar todas aquellas actividades actos o contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para el desarrollo de su objeto. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social, corresponderá a don Felipe Ignacio Contreras Bertin, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos setenta y tres mil setenta y dos guion uno y a don Julio Andrés Arriagada Paredes, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos ocho mil quinientos uno guion uno, de manera que, actuando conjuntamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades, en especial con todas las facultades indicadas en el artículo décimo primero de la escritura de constitución societaria. -Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.