INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2024
- Repertorio
- 234-2024
- Notario
- JOSE MARCELO ADASME BRAVO
- Oficio
- Segunda Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $476.078.008 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE MARCELO ADASME BRAVO, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura suscrita hoy ante mi, ROBERTO ROGELIO MAURICIO MAXIMILIANO ECHEVERRÍA PIFFRE DE VAUBAN, por sí y en representación de DIEGO FELIPE ECHEVERRÍA ZILLERUELO, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte 568 departamento 701, Comuna Las Condes; VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO, domiciliada en Viñedos La Estancia sin número, Comuna Molina; PAULINA CECILIA ROSA DE LAS MERCEDES ECHEVERRÍA ZILLERUELO, domiciliada en Viñedos La Estancia sin número, Comuna Molina; ROBERTO IGNACIO ECHEVERRÍA ZILLERUELO, domiciliado en Viñedos La Estancia sin número, Comuna Molina; sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA, representada por VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte 568 departamento 701, Comuna Las Condes; y sociedad INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA, representada por ROBERTO ROGELIO MAURICIO MAXIMILIANO ECHEVERRÍA PIFFRE DE VAUBAN, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte 568 departamento 701, Comuna Las Condes; modificaron sociedad “INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 20 noviembre 1.992, otorgada ante Notario Público Santiago Víctor Manuel Correa Valenzuela, inscrita a fojas 34.296 Nº 21.271 del Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Santiago año 1.992. Antecedentes dación en pago derechos sociales de INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA de dominio de ROBERTO ROGELIO MAURICIO MAXIMILIANO ECHEVERRÍA PIFFRE DE VAUBAN, a INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA. Por escritura pública de fecha 17 enero 2.024 otorgada ante Notario Público Interino Curicó José Marcelo Adasme Bravo, bajo el Repertorio N° 234-2024, se constituyó la sociedad INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA, inscrita a fojas 10.957 N° 4774 del Registro Comercio año 2024 Conservador Bienes Raíces Santiago; compareciente y actual socio de INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA, ROBERTO ROGELIO MAURICIO MAXIMILIANO ECHEVERRÍA PIFFRE DE VAUBAN, ingresó a sociedad aportando y pagando 99,9% derechos sociales con $950.726.337.- que pagó y entero en caja social mediante dación en pago derechos sociales, ascendentes a 66,68% de total capital y derechos sociales, y que era dueño en sociedad “INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA”, a cuyo respecto don ROBERTO ROGELIO MAURICIO MAXIMILIANO ECHEVERRÍA PIFFRE DE VAUBAN dio en pago el total sus derechos sociales, esto es, 66,68% derechos sociales en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, tasados y avaluados en $950.726.337.- ROBERTO ROGELIO MAURICIO MAXIMILIANO ECHEVERRÍA PIFFRE DE VAUBAN da en pago, cede y transfiere totalidad sus derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, en $950.726.337.- a INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA. Antecedentes dación en pago derechos sociales de INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA de dominio de DIEGO FELIPE ECHEVERRÍA ZILLERUELO, VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO, PAULINA CECILIA ROSA DE LAS MERCEDES ECHEVERRÍA ZILLERUELO, y ROBERTO IGNACIO ECHEVERRÍA ZILLERUELO, a INVERSIONES EZ LIMITADA. Por escritura pública de fecha 17 de enero de 2.024 otorgada ante el Notario Público Interino Curicó don José Marcelo Adasme Bravo, se modificó sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA, modificándose y aumentándose el capital a $476.078.008.-, cuyo extracto se inscribió a fojas 11.182 N° 4890 del Registro Comercio año 2.024 del Conservador Bienes Raíces Santiago. Sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA fue constituida por escritura pública de fecha 22 agosto 2.008, otorgada en Notaria Santiago de José Musalem Saffie, inscrita a fojas 40.701 Nº 29.000 del Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2.008. DIEGO FELIPE ECHEVERRÍA ZILLERUELO, VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO, PAULINA CECILIA ROSA DE LAS MERCEDES ECHEVERRÍA ZILLERUELO, y ROBERTO IGNACIO ECHEVERRÍA ZILLERUELO, aportaron y pagaron este aumento de capital siguiente forma: 1) DIEGO FELIPE ECHEVERRÍA ZILLERUELO pagó y enteró en arcas sociales $119.019.502.-, equivalente a 25% derechos sociales siguiente forma: a) Con $250.000.- ya pagados y enterados en caja social; y b) $118.769.502.- que pagó mediante dación en pago de derechos sociales, ascendentes a 8,33% de total del capital social, y de que era dueño en a “INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA”, y a cuyo respecto DIEGO FELIPE ECHEVERRÍA ZILLERUELO dio en pago el total sus derechos sociales, esto es, 8,33% derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, tasados y avaluados en $118.769.502.- DIEGO FELIPE ECHEVERRÍA ZILLERUELO da en pago, cede y transfiere la totalidad sus derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, en $118.769.502.- a sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA. 2) VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO pagó y enteró en arcas sociales $119.019.502.-, equivalente a 25% derechos sociales siguiente forma: a) Con $250.000.- ya pagados y enterados en caja social; y b) $118.769.502.- que pagó mediante dación en pago de derechos sociales, ascendentes a 8,33% de total del capital social, y de que era dueño en a “INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA”, y a cuyo respecto VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO dio en pago el total sus derechos sociales, esto es, 8,33% derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, tasados y avaluados en $118.769.502.- VIVIANA ANGÉLICA ECHEVERRÍA ZILLERUELO da en pago, cede y transfiere la totalidad sus derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, en $118.769.502.- a sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA. 3) PAULINA CECILIA ROSA DE LAS MERCEDES ECHEVERRÍA ZILLERUELO pagó y enteró en arcas sociales $119.019.502.-, equivalente a 25% derechos sociales siguiente forma: a) Con $250.000.- ya pagados y enterados en caja social; y b) $118.769.502.- que pagó mediante dación en pago de derechos sociales, ascendentes a 8,33% de total del capital social, y de que era dueño en a “INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA”, y a cuyo respecto PAULINA CECILIA ROSA DE LAS MERCEDES ECHEVERRÍA ZILLERUELO dio en pago el total sus derechos sociales, esto es, 8,33% derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, tasados y avaluados en $118.769.502.- PAULINA CECILIA ROSA DE LAS MERCEDES ECHEVERRÍA ZILLERUELO da en pago, cede y transfiere la totalidad sus derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, en $118.769.502.- a sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA. 4) ROBERTO IGNACIO ECHEVERRÍA ZILLERUELO pagó y enteró en arcas sociales $119.019.502.-, equivalente a 25% derechos sociales siguiente forma: a) Con $250.000.- ya pagados y enterados en caja social; y b) $118.769.502.- que pagó mediante dación en pago de derechos sociales, ascendentes a 8,33% de total del capital social, y de que era dueño en a “INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA”, y a cuyo respecto ROBERTO IGNACIO ECHEVERRÍA ZILLERUELO dio en pago el total sus derechos sociales, esto es, 8,33% derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, tasados y avaluados en $118.769.502.- ROBERTO IGNACIO ECHEVERRÍA ZILLERUELO da en pago, cede y transfiere la totalidad sus derechos sociales y participación en sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, en $118.769.502.- a sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA. Como consecuencia daciones en pago y transferencias referidas anteriormente quedan como actuales y únicos socios de sociedad INMOBILIARIA GLORIA LIMITADA, sociedad INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA con 66,68% total del capital social y sociedad INVERSIONES EZ LIMITADA con un 33,32% derechos sociales, quienes modificar pacto social reemplazando cláusula relativa a participación en utilidades y pérdidas pacto social que se repartirán entre socios misma proporción porcentaje sus derechos sociales y aportes, esto es, un 66,68% para INVERSIONES AMEZKETA LIMITADA y un 33,32% para INVERSIONES EZ LIMITADA”. En todo lo no modificado por el presente instrumento el pacto social primitivo u original y su modificación posterior permanecen inalterables y vigentes en todas sus partes. Demás estipulaciones escritura extractada. Curicó, 07 febrero 2024.