Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2024
- Repertorio
- 328
- Notario
- Karina del Pilar Martínez Maulén
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será (i) la explotación de restaurantes, cafeterías y bares, (ii) la titularidad, administración y explotación de franquicias en el rubro gastronómico; (iii) el asesoramiento para el desarrollo de todas las áreas del negocio gastronómico; (iv) la fabricación, compra, venta, importación, exportación y distribución en general de todos los insumos relacionados con el negocio gastronómico; y (v) efectuar inversiones en sociedades de cualquiera naturaleza, asociaciones, comunidades, cooperativas, cuentas en participación y demás, pudiendo ingresar a ellas como socio, hacer aportes de capital, transformarlas, modificarlas, absorberlas, fusionarlas, disolverlas y liquidarlas, y percibir las rentas de estas inversiones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKarina del Pilar Martínez Maulén, Notario Público de la Segunda Notaría de Vitacura, Suplente del Titular Luis Alberto Maldonado Concha, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea N°3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por instrumento privado de fecha 20 de febrero de 2024, protocolizado ante mí con la misma fecha, bajo repertorio 328, Luis Álvarez Marty y André Álvarez Valenzuela, acordaron constituir sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Nombre: 4787 SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será (i) la explotación de restaurantes, cafeterías y bares, (ii) la titularidad, administración y explotación de franquicias en el rubro gastronómico; (iii) el asesoramiento para el desarrollo de todas las áreas del negocio gastronómico; (iv) la fabricación, compra, venta, importación, exportación y distribución en general de todos los insumos relacionados con el negocio gastronómico; y (v) efectuar inversiones en sociedades de cualquiera naturaleza, asociaciones, comunidades, cooperativas, cuentas en participación y demás, pudiendo ingresar a ellas como socio, hacer aportes de capital, transformarlas, modificarlas, absorberlas, fusionarlas, disolverlas y liquidarlas, y percibir las rentas de estas inversiones. Capital: $2.000.000, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución, en la forma señalada en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan en instrumento privado extractado. Vitacura, 21 de febrero de 2024.