SOCIEDAD INMOBILIARIA, COMERCIAL Y DE INVERSIONES SANTA AIDA ROYAL HOUSE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2024
- Notario
- CAMILA ALFARO CAZAUX
- Domicilio
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $320.000 CLP
- Domicilio
- La Serena
Objeto social
El Objeto social será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; creación de condominios, la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; Adquirir, sanear, regularizar, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores inmobiliarios. La actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y las demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAMILA ALFARO CAZAUX, Notario Público La Serena, Suplente del Titular don Mariano Torrealba Ziliani, Avenida Juan Cisternas 2283, Local 3, Edificio Atrium, certifica: Por escritura pública, de fecha 15 febrero 2024 ante mí, doña AIDA EUGENIA PINEDA GARRIDO, domiciliada en Avenida Miramar número seis mil doscientos setenta y dos, El Mirador de Peñuelas, La Serena; don CARLOS ALBERTO MONSALVES VENEGAS, quién comparece por sí y en representación de la sociedad MONSALVES & PINEDA INVERSIONES LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida Miramar número seis mil doscientos setenta y dos, El Mirador de Peñuelas, La Serena; constituyeron sociedad responsabilidad limitada, monto aportes. Domicilio: La Serena; Razón social: “SOCIEDAD INMOBILIARIA, COMERCIAL Y DE INVERSIONES SANTA AIDA ROYAL HOUSE LIMITADA” sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “INMOBILIARIA SANTA AIDA ROYAL HOUSE LTDA.” La administración, representación, uso razón social y nombre fantasía, corresponderá a los socios doña Aida Eugenia Pineda Garrido y don Carlos Alberto Monsalves Venegas, quienes podrán actuar en forma conjunta, separada e indistintamente, y quienes anteponiendo a su firmas el nombre de la razón social, obligarán a la sociedad en toda clase de actos, declaraciones, contratos y ante cualquier persona o institución, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; Objeto: El Objeto social será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; creación de condominios, la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; Adquirir, sanear, regularizar, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores inmobiliarios. La actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y las demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; Capital: El capital de la sociedad será la suma de trescientos veinte millones de pesos ($320.000.000), los que se enteran y pagan de la siguiente forma: a) Doña Aida Eugenia Pineda Garrido, aporta, en dominio pleno, la cantidad de cuarenta y tres millones pesos, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresan en este acto a la caja social; b) Don Carlos Alberto Monsalves Venegas, aporta en dominio pleno, la cantidad de ciento veinte millones de pesos, de la siguiente forma: 1) Aporta, en dominio pleno, en la suma de noventa millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el inmueble consistente en el departamento número cuatrocientos seis del cuarto piso, la Bodega número ciento trece, y el Estacionamiento Cubierto número ochenta y dos, todos del Edificio Jardín del Mar, de la comuna de Coquimbo. y, 2) Aporta, en dominio pleno, la cantidad de treinta millones pesos, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresan en este acto a la caja social; y, c) La sociedad Monsalves & Pineda Inversiones Limitada, aporta en dominio pleno, la cantidad de ciento cincuenta y siete millones de pesos, de la siguiente forma: 1) Aporta, en dominio pleno, en la suma de ciento diez millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el Sitio Número Dos del lote número dos del plano de loteo denominado Lomas de Peñuelas de la comuna de La Serena, 2) Aporta, en dominio pleno, en la suma de ocho millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el Sitio Número Ocho, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres - A, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres, y éste a su vez producto de división del Lote Uno - G, Resto de la Estancia Cruz de Cañas, ubicado en la antigua subdelegación de Pan de Azúcar, de la comuna de Coquimbo, 3) Aporta, en dominio pleno, en la suma de ocho millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el Sitio Número Diez, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres - A, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres, y éste a su vez producto de división del Lote Uno - G, Resto de la Estancia Cruz de Cañas, ubicado en la antigua subdelegación de Pan de Azúcar, de la comuna de Coquimbo, 4) Aporta, en dominio pleno, en la suma de ocho millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el Sitio Número Doce, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres - A, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres, y éste a su vez producto de división del Lote Uno - G, Resto de la Estancia Cruz de Cañas, ubicado en la antigua subdelegación de Pan de Azúcar, de la comuna de Coquimbo, 5) Aporta, en dominio pleno, en la suma de ocho millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el Sitio Número Catorce, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres - A, resultante de la subdivisión del Lote Uno - G - Tres, y éste a su vez producto de división del Lote Uno - G, Resto de la Estancia Cruz de Cañas, ubicado en la antigua subdelegación de Pan de Azúcar, de la comuna de Coquimbo, y, 6) Aporta, en dominio pleno, en la suma de quince millones de pesos, tasados así de común acuerdo con los socios, el inmueble consistente en el Lote Sesenta y Uno A, resultante de la subdivisión del Sitio número sesenta y Uno, del proyecto de Parcelación Pan de Azúcar, de la comuna de Coquimbo; Las utilidades y pérdidas de la sociedad se distribuirán y soportarán entre los socios en un 40% para socia Aida Eugenia Pineda Garrido, en un 40% para socio Carlos Alberto Monsalves Venegas y un 20% para la sociedad Monsalves & Pineda Inversiones Limitada; Duración 10 años desde fecha escritura extractada, prorrogables de manera señalada en escritura, Demás estipulaciones escritura social, La Serena, 16 de febrero 2024.