PROYECTOS INMOBILIARIOS ALIANZA LIMITADA
Instrumento
- Repertorio
- 35438-2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de 29 de diciembre, repertorio 35.438-2024, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, i)Marcelo Luis Ernesto Vargas Jullian; ii) Margarita María del Rio Metzner, iii) Trinidad María Vargas del Rio; iv) María Josefina Vargas del Rio; v) Marcelo Francisco Vargas del Rio; vi) Raimundo Alejandro Vargas del Rio; vii) Margarita Sofía Vargas del Rio; e viii) Inversiones VDR SpA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida la Dehesa N°222, Oficina 314, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron una cesión de derechos sociales y la modificación de la sociedad de responsabilidad limitada PROYECTOS INMOBILIARIOS ALIANZA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 795 vuelta, número 439 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 1997, en los siguientes términos: UNO) Cesión de derechos sociales: i) Marcelo Luis Ernesto Vargas Jullian cedió y transfirió el 99,99962500% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA; ii) Margarita María del Río Metzner, cedió y transfirió el 99,99962500% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA; iii) Trinidad María Vargas del Río, cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA; iv) María Josefina Vargas del Río cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA; v) Marcelo Francisco Vargas del Río cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA; vi) Raimundo Alejandro Vargas del Río cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA; vii) Margarita Sofía Vargas del Río cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales a Inversiones VDR SpA. DOS) Como consecuencia de lo anterior, quedaron como únicos y actuales socios de la Sociedad: i) don Marcelo Luis Ernesto Vargas Jullian, con un 0,00038% de los derechos sociales, equivalentes a $37 pesos; ii) doña Margarita María del Río Metzner, con un 0,00038% de los derechos sociales, equivalentes a $37 pesos; e, iii) Inversiones VDR SpA, con un 99,99925% por ciento de los derechos sociales, equivalentes a $9.999.926 pesos. TRES) Transformar la Sociedad en una sociedad por acciones y, aprobar los nuevos estatutos respectivos, cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Nombre o razón social: Proyectos Inmobiliarios Alianza SpA. Accionistas: i) don Marcelo Luis Ernesto Vargas Jullian; ii) doña Margarita María del Río Metzner; e, iii) Inversiones VDR SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: i) la prestación de servicios profesionales de arquitectura, por medio de profesionales calificados; ii) ejercer, por cuenta propia o ajena, la actividad y gestión inmobiliaria. Podrá, pues, comprar, vender, permutar, y en general adquirir a cualquier título toda clase de bienes raíces urbanos y rurales; e invertir en ellos, pudiendo urbanizarlos, subdividirlos, lotearlos, acogerlos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, hacer construir en ellos todo tiempo de obras civiles, administrarlo y explotarlos en cualquier forma legal, en especial, mediante su arrendamiento; y desarrollar proyectos inmobiliarios en ellos; iii) cualquier otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores, o que sea necesaria para conseguir sus fines o consecuencia de esta actividad; iv) La explotación por cuenta propia o ajena y en cualquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos o forestales, sean propios o ajenos; la distribución, exportación y comercialización en general de productos que resulten de dicha explotación; el desarrollo de actividades agroindustriales, forestales, ganaderas o de crianza de animales, de cualquier clase que complementen las explotaciones señaladas y, en general, el desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con la agricultura, la silvicultura, la agroindustria, ganadería y crianza de animales que acuerden los accionistas; y v) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, pudiendo administrarlos y percibir sus frutos, como asimismo, la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general. Además, la sociedad podrá concurrir a la formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes. Domicilio: Concepción. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. El capital de la sociedad se encuentra totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero del 2024.