Mantenciones Wolotec Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2016
- Notario
- JULIO ABASOLO ARAVENA
- Oficio
- Segunda Notaría Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Duración
- cinco años desde esta fecha”. Los comparecientes vienen en corregir la omisión indicada, ratificando que la duración de la sociedad es de cinco años prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales, a menos que a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad se ponerle término a su vencimiento o al de cualquiera de sus prórrogas posteriores, mediante declaración efectuada con una anticipación mínima de tres meses a la fecha fijada para su término, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio de Antofagasta. Las partes declaran que en todo lo demás no se han advertido vicios formales de nulidad en la escritura pública de constitución de fecha quince de julio de dos mil dieciséis, limitándose estos a la errada referencia a la duración de la sociedad y a su renovación de manera tácita
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41513 del 21 de julio de 2016
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público Titular, Segunda Notaría Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: don PEDRO ANTONIO SALAZAR-ROIJERS BENAVIDES, chileno, casado, contratista, C.I. 11.465.076-5; y CINTHIA ARACELY WONG ORREGO, chilena, casada, contratista, C.I. 12.833.296-0, ambos con domicilio en Oscar Frías de Mendoza número un mil treinta y dos de la ciudad de Mejillones y de paso por Antofagasta; constituyeron por escritura pública de 15 de Julio 2016, ante notario público Julio Abasolo Aravena, sociedad de responsabilidad limitada con razón social “Mantenciones Wolotec Limitada”, también “Wolotec Limitada”, Capital social $5.000.000, Rut 76.450.302-3, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 41.513 de 21 de Julio de 2016 y anotado en Repertorio a fojas 167, bajo el N° 963 e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta a fojas1627, bajo el N° 817, del año 2016, la que no sido objeto de modificaciones de ninguna clase y su duración se pactó: “La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la celebración de la presente escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad se ponerle término a su vencimiento o al de cualquiera de sus prórrogas posteriores, mediante declaración efectuada con una anticipación mínima de tres meses a la fecha fijada para su término, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio de Antofagasta”, pero su extracto, en lo relativo a la duración, señala: “Plazo: cinco años desde esta fecha”. Los comparecientes vienen en corregir la omisión indicada, ratificando que la duración de la sociedad es de cinco años prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales, a menos que a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad se ponerle término a su vencimiento o al de cualquiera de sus prórrogas posteriores, mediante declaración efectuada con una anticipación mínima de tres meses a la fecha fijada para su término, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio de Antofagasta. Las partes declaran que en todo lo demás no se han advertido vicios formales de nulidad en la escritura pública de constitución de fecha quince de julio de dos mil dieciséis, limitándose estos a la errada referencia a la duración de la sociedad y a su renovación de manera tácita.- Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 08 de febrero de 2024.-