INVERSIONES MP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de mayo de 2017
- Repertorio
- 440-2024
- Notario
- DANIELA PATRICIA ELGUETA PONCE
- Oficio
- Titular de la cuarta Notaria de Talca don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
- Comuna
- Talca don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
Sociedad
- Capital
- $32.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la Comuna de San Rafael
- Duración
- La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará cinco años contados desde esa fecha, prorrogables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos tres meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- RESPONSABILIDAD:
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones en el área mobiliaria, podrá invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercado de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; b) efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento o cualquiera otra, plantarlos, sembrarlos, enajenarlos a cualquier título y percibir sus frutos; c) el arrendamiento y administración de bienes raíces urbanos y)o rurales; y d) toda otra actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden
Administración
La administración, el uso de la razón social y la representación de la Sociedad le corresponderá al socio don CAMILO ESTEBAN MEDINA PONCE;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIELA PATRICIA ELGUETA PONCE, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la cuarta Notaria de Talca don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha diecinueve de Febrero de dos mil veinticuatro, Repertorio N° 440-2024, ante mí, don RODRIGO SEBASTIÁN MEDINA PONCE, chileno, empresario, soltero, cédula nacional de identidad diecinueve millones seiscientos noventa y siete mil ochenta y cinco guion uno (19.697.085-1); y don CAMILO ESTEBAN MEDINA PONCE, chileno, empresario, soltero, cédula nacional de identidad dieciséis millones novecientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y cuatro guion tres (16.998.894-3), ambos domiciliados para estos efectos en sector Quebrada Mala lote sin número, comuna de San Rafael, de paso por esta ciudad, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, conforme al siguiente estatuto: RAZÓN SOCIAL: La razón social será “INVERSIONES MP LIMITADA”.- DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la Comuna de San Rafael, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- ADMINISTRACIÓN: La administración, el uso de la razón social y la representación de la Sociedad le corresponderá al socio don CAMILO ESTEBAN MEDINA PONCE; CAPITAL: El capital social será la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS, que se entera de la forma siguiente: I.- El socio don RODRIGO SEBASTIÁN MEDINA PONCE, aporta la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que entera y paga en este acto mediante dinero en efectivo, que ingresa a la caja social; II.- El socio CAMILO ESTEBAN MEDINA PONCE, aporta la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES DE PESOS, que entera y paga mediante: a) treinta y dos acciones de la sociedad IMPORTADORA DE NEUMATICOS Y ACCESORIOS DE VEHICULOS SpA, rol único tributario número setenta y siete millones trescientos cuarenta y un mil ciento sesenta y uno guion uno (77.341.161-1), por la suma de treinta y dos millones de pesos ($32.000.000), b) cien acciones de la sociedad TRANSPORTES MP SpA, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos quince guion seis (76.856.215-6), por la suma de diez millones de pesos y c) LOTE C, resultante de la división de un retazo de terreno que formó parte de la hijuela número dos, del predio llamado Quebrada Mala, ubicado en la comuna de San Rafael, Provincia de Talca, que según plano archivado bajo el N° 1509 al final del Registro de Propiedad del año 2011, tiene una superficie de 7.947 metros cuadrados y deslinda; NORTE: en 95,12 metros con lote D, E y F; SUR: en 128,90 metros con Germán Toledo; PONIENTE: en 71,73 metros con Justo Corvalán Cáceres; y ORIENTE: en 84,25 metros con lote A y con lote B.- Lo adquirió por compra a don Carlos Humberto Ibarra Corvalán, por el precio y demás estipulaciones contenidas en escritura pública de fecha 11 de mayo de 2017 y escritura rectificatoria y complementaria de fecha 04 de mayo de 2018, ambas otorgadas ante don Héctor Ferrada Escobar, Notario Público de Talca.- El dominio se encuentra inscrito a fojas 4832 número 4702 del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Talca.- El rol de avalúo es el número 8032-23 de la Comuna de San Rafael.- Inmueble que se aporta en la suma de cuarenta millones de pesos ($40.000.000), que ingresa a la caja social. El valor de aporte de los bienes individualizados en las letras a), b) y c) fue acordado de común acuerdo por los socios en base a las condiciones administrativas y legales de cada uno. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones en el área mobiliaria, podrá invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercado de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; b) efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento o cualquiera otra, plantarlos, sembrarlos, enajenarlos a cualquier título y percibir sus frutos; c) el arrendamiento y administración de bienes raíces urbanos y/o rurales; y d) toda otra actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden.- DURACIÓN: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará cinco años contados desde esa fecha, prorrogables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos tres meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca 20 de Febrero de 2024.