SALUD INTEGRAL Y BIENESTAR VALENZUELA Y JULLIAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2024
- Repertorio
- 10915
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- ESPACIO LIBELLE LTDA
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- De dos años, este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales en base a asesorías, consultorías, presentaciones con enfoque educativo y explicativo respecto a temas en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédico, dermatología, ginecología y obstetricia, pediatría general, psicología, fonoaudiología, psiquiatría, terapeuta ocupacional, nutricionista, matrona, kinesióloga, entre otras profesiones u oficios afines; y cualquier otra clase de actividades que se conocen en la actualidad o existan en el futuro y todo lo relacionado con el ramo medicinal tanto para niños, desde la primera infancia hasta la adolescencia, y adultos. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La administración y el uso de la razón social les corresponderá conjuntamente a ambos socios con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBENJAMÍN ANDRÉS CASTILLO MONTALVO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica con fecha 15 de febrero de 2024, repertorio N° 10.915, ante mí, las comparecientes: doña CONSTANZA ANDREA VALENZUELA SEPÚLVEDA, domiciliada en Martín Alonso Pinzón número cinco mil veinte, departamento cuarenta y ocho, comuna de Las Condes; y doña ARANTZAZU BELEN JULLIAN ULLOA, domiciliada en Volcán Osorno número veinticuatro, sector de Concón, comuna de Viña del Mar; Constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: denominada SALUD INTEGRAL Y BIENESTAR VALENZUELA Y JULLIAN LIMITADA, nombre de fantasía: ESPACIO LIBELLE LTDA. OBJETO: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales en base a asesorías, consultorías, presentaciones con enfoque educativo y explicativo respecto a temas en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédico, dermatología, ginecología y obstetricia, pediatría general, psicología, fonoaudiología, psiquiatría, terapeuta ocupacional, nutricionista, matrona, kinesióloga, entre otras profesiones u oficios afines; y cualquier otra clase de actividades que se conocen en la actualidad o existan en el futuro y todo lo relacionado con el ramo medicinal tanto para niños, desde la primera infancia hasta la adolescencia, y adultos. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social les corresponderá conjuntamente a ambos socios con las más amplias facultades. CAPITAL: Será la suma de dos millones de pesos, el cual es aportado por los socios en partes iguales, que se enteran de contado, en dinero en efectivo en este acto. DURACIÓN: De dos años, este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años. DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que se pueda modificar a otras regiones de Chile. RESPONSABILIDAD: las socias limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de Febrero de 2024.-