INVERSIONES SERRANO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Notario
- PATRICIA PARAM SARRAS
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $91.486.233 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA PARAM SARRAS, abogada, Notario Público de Santiago, Suplente de la Titular de la Notaría 37ª de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en Huérfanos Nº 1117, oficina 1014, certifico: Que por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2023, Rep. N° 4039-2023, ante la Notario Público Titular de la 37° Notaría de Santiago, don FELIPE ANDRÉS SERRANO SOLAR y don FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET, por sí y en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA MANNSCHAFT SpA, todos con domicilio en Luis Thayer Ojeda 166, Of. 601, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, acordaron la modificación de “INVERSIONES SERRANO LIMITADA”, inscrita a Fjs. 101.706 N° 43.245 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2023. Modificaciones consisten en: i) FELIPE ANDRÉS SERRANO SOLAR vende, cede y transfiere a INVERSIONES E INMOBILIARIA MANNSCHAFT SpA el 0,1% de los derechos sociales de la sociedad. El precio de la cesión asciende a la suma de $183.339.-, los que se pagan en este acto, en dinero efectivo; ii) FELIPE ANDRÉS SERRANO SOLAR reduce el capital de la sociedad por el total de su aporte, esto es, un 49,9% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $91.486.233.-, retirándose en consecuencia de la sociedad; iii) FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET reduce el capital en 2,727186290342885% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $5.000.000.-. En consecuencia, FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET e INVERSIONES E INMOBILIARIA MANNSCHAFT SpA quedan como únicos socios de la sociedad y el capital social se reduce de la suma de $183.339.144 a la suma de $86.852.911.- Producto de las modificaciones acordadas, se acuerda modificar los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: i) Se modifica la cláusula Cuarta de los Estatutos de la sociedad, en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET, quien representará a la sociedad en los términos señalados en la escritura extractada; ii) Se reemplaza el artículo Quinto de los Estatutos de la sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de ochenta y seis millones ochocientos cincuenta y dos mil novecientos once pesos, que los socios aportan y pagan en la siguiente forma y proporción: a) don FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET, aporta la suma de ochenta y seis millones seiscientos sesenta y nueve mil quinientos setenta y dos pesos, equivalentes al noventa y nueve coma siete ocho ocho nueve cero ocho cuatro seis cuatro dos dos cuatro por ciento de los derechos sociales, ya pagados y enterados en la caja social; b) INVERSIONES E INMOBILIARIA MANNSCHAFT SpA aporta la suma de ciento ochenta y tres mil trescientos treinta y nueve pesos, equivalentes al cero coma dos uno uno cero nueve uno cinco tres cinco siete siete cinco nueve seis uno por ciento de los derechos sociales, ya pagados y enterados en la caja social. De este modo, al socio FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET le corresponderá una participación de noventa y nueve coma siete ocho ocho nueve cero ocho cuatro seis cuatro dos dos cuatro por ciento del capital social, y al socio INVERSIONES E INMOBILIARIA MANNSCHAFT SpA le corresponderá una participación del cero coma dos uno uno cero nueve uno cinco tres cinco siete siete cinco nueve seis uno por ciento del capital social”; iii) El artículo Sexto de los Estatutos de la sociedad se reemplaza por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios del siguiente modo: para el socio FELIPE ANDRÉS RAFAEL SERRANO MARCET, con un noventa y nueve coma siete ocho ocho nueve cero ocho cuatro seis cuatro dos dos cuatro por ciento y para el socio INVERSIONES E INMOBILIARIA MANNSCHAFT SpA con un cero coma dos uno uno cero nueve uno cinco tres cinco siete siete cinco nueve seis uno por ciento”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de febrero de 2024.