GONZÁLEZ, MUÑOZ & JARPA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2024
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que: con fecha 09 de febrero del año 2024, ante mí, doña EVELYN VERÓNICA MUÑOZ GALAZ, chilena, abogada, cédula de identidad Nº15.786.051-8, doña GABRIELA PAZ GONZÁLEZ IACOPONI, chilena, abogada, cédula de identidad Nº16.148.608-6 y don SEBASTIÁN JARPA FERNÁNDEZ, chileno, abogado, cédula de identidad Nº16.015.388-1, todos con domicilio para estos efectos en calle Del Inca Nº4446, piso 9, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad GONZÁLEZ, MUÑOZ & JARPA LIMITADA en el siguiente sentido: Don SEBASTIÁN JARPA FERNÁNDEZ dueño del 33,33% de los derechos sociales vende, cede y transfiere con la autorización expresa del resto de los socios, la totalidad de su participación social, cesión que se efectúa de la siguiente manera: a) El 29,6% de los derechos sociales a doña Evelyn Verónica Muñoz Galaz, quien lo compra y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de $1.137.240, que el comprador y cesionario paga en este acto, declarando el vendedor y cedente haberlo recibido a su entera satisfacción; b) El 3,7% de sus derechos sociales a doña Gabriela Paz González Iacoponi, quien lo compra y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de $162.760 pesos que el comprador y cesionario paga en este acto, declarando el vendedor y cedente haberlo recibido a su entera satisfacción. En virtud de lo anterior, se retira de la sociedad don Sebastián Jarpa Fernández. Como consecuencia de la cesión a la que se refiere la cláusula anterior, quedan como únicos socios doña Evelyn Verónica Muñoz Galaz, con un 63% de los derechos sociales y doña Gabriela Paz González Iacoponi con un 37% de los derechos sociales. Las actuales y únicas socias de la sociedad modifican el artículo primero y el artículo séptimo de los estatutos sociales, en el siguiente tenor: ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será GONZÁLEZ & MUÑOZ ABOGADOS LIMITADA, pudiendo usar en todos los bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía GM ABOGADOS LIMITADA. ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá a doña GABRIELA PAZ GONZÁLEZ IACOPONI y doña EVELYN VERÓNICA MUÑOZ GALAZ, quienes podrán actuar individual e indistintamente. Demás estipulaciones en Escritura Extractada. Santiago, a 12 de febrero de 2024.-