PRESTACIONES MEDICAS YESSENIA PEREZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2024
- Repertorio
- 10370
- Notario
- NATALIA ALEJANDRA BURGOS FLORES
- Oficio
- Titular de la 8 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNATALIA ALEJANDRA BURGOS FLORES, Abogado, Notario Público Suplente Titular de la 8 Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 12-2-2024 otorgada ante mí, el compareciente: DANIEL SIMON ORSI PEÑALOZA, domiciliado en Puente 516, oficina 1102, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, representando a don MAURICIO ANDRES PEREZ GONZALEZ, cédula de identidad Nº 15.723.096-4, doña CRUZ MARIA GONZALEZ PEREZ, cédula de identidad Nº 7.853.733-7 y doña YESSENIA DEL CARMEN PEREZ GONZALEZ, cédula de identidad Nº 16.653.257-4, todos domiciliados en calle Domingo Faustino Sarmiento Nº 192-A, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, viene en rectificar conforme a la ley 19.499, escritura de transformación de sociedad “PRESTACIONES MEDICAS YESSENIA PEREZ SpA”, Rut 76.366.934-3, Sociedad constituida por escritura pública con fecha 31-07-2014, ante don GASTON IVAN SANTIBAÑEZ SOTO, Notario Público Titular de la Trigésima Notaría de Santiago, inscrita en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 56.224, bajo el número 34.653 del año 2014. Con fecha 27-11-2019, mediante escritura pública otorgada ante don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, anotada bajo el repertorio 10.370 del año 2019, se celebró la transformación de sociedad de “PRESTACIONES MEDICAS MAURICIO PEREZ LIMITADA” a “PRESTACIONES MEDICAS YESSENIA PEREZ SpA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 96.891, bajo el número 47.610 del año 2019, escritura pública que contiene un error involuntario de digitación en la comparecencia, señalando erróneamente la profesión y estado civil de doña CRUZ MARIA GONZALEZ PEREZ y de doña YESSENIA DEL CARMEN PEREZ GONZALEZ. Este error no se repite en el extracto inscrito en el Registro de Comercio, ni en el extracto publicado en Diario Oficial. Por este acto el compareciente y con el objeto de evitar nulidades vienen en rectificar la escritura pública ya singularizada, con especial consideración a lo señalado en la letra b del artículo nueve de la ley 19.499 en el sentido que lo que se viene a rectificar es un error cometido en la individualización de un socio y/o accionista del cual no cabe duda en cuanto a la identidad de su persona. De tal forma, en la escritura pública de transformación de sociedad, ya individualizada, en la comparecencia, DONDE DICE: “don MAURICIO ANDRES PEREZ GONZALEZ, médico cirujano, casado y separado de bienes, chileno, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos veintitrés mil noventa y seis guion cuatro, doña CRUZ MARIA GONZALEZ PEREZ, cirujano dentista, soltera, chilena, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos cincuenta y tres mil setecientos treinta y tres guion siete, doña YESSENIA DEL CARMEN PEREZ GONZALEZ, odontóloga, casada quien comparece bajo el artículo ciento cincuenta del Código Civil, chilena, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y siete guion cuatro, todos domiciliados en calle Domingo Faustino Sarmiento número ciento noventa y dos letra A, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, todos mayores de edad, expresan que han convenido en el siguiente contrato de modificación de sociedad:”, DEBE DECIR: “don MAURICIO ANDRES PEREZ GONZALEZ, médico cirujano, casado y separado de bienes, chileno, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos veintitrés mil noventa y seis guion cuatro, doña CRUZ MARIA GONZALEZ PEREZ, contadora, casada quien comparece bajo el artículo ciento cincuenta del Código Civil, chilena, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos cincuenta y tres mil setecientos treinta y tres guion siete, doña YESSENIA DEL CARMEN PEREZ GONZALEZ, cirujano dentista, soltera, chilena, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y siete guion cuatro, todos domiciliados en calle Domingo Faustino Sarmiento número ciento noventa y dos letra A, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, todos mayores de edad, expresan que han convenido en el siguiente contrato de modificación de sociedad:”. La facultad de rectificar el error ya descrito se establece en la cláusula NOVENTA de dicha escritura en atención a un mandato especial suscrito por el otorgante ya singularizado, la cual no se inserta por ser conocida por ellos y por el notario que autoriza. Todas las demás cláusulas contenidas en estatutos vigentes no se modifican de ninguna especie. CAPITAL CONSTITUTIVO: $400.000. Santiago 16 de Febrero de 2024.-