INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA
Instrumento
- Repertorio
- 2059-2024
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: por escritura pública de hoy, Repertorio N° 2.059-2024, ante mí, EDUARDO GARDELLA BRUSCO, cédula nacional de identidad número cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos ochenta y cinco guion siete, en representación de la sociedad Colectiva Civil INVERSIONES LERCARA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos diez guion tres; PATRICIA ELENA GARDELLA DEZEREGA, cédula nacional de identidad número seis millones noventa y seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro guion cinco; y PATRICIO DANIEL GARDELLA GARDELLA, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y un mil ochocientos setenta y uno guion cero; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea número dos mil novecientos treinta y nueve oficina novecientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicos socios de INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA, Rol Único Tributario el número setenta y siete millones ochocientos cuarenta y nueve mil diez guion dos, en un sesenta coma ochocientos sesenta y siete por ciento para la primera, en un diecinueve coma ciento treinta y tres por ciento para la segunda, y en un veinte por ciento para el tercer socio, en el capital y los derechos sociales, extracto de constitución inscrito a fojas veintinueve mil novecientas treinta número veinticuatro mil doscientos sesenta y seis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil dos, disolvieron la sociedad en los términos que se indican: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Uno) Por el presente instrumento, doña PATRICIA ELENA GARDELLA DEZEREGA, y don PATRICIO DANIEL GARDELLA GARDELLA venden, ceden y transfieren el cien por ciento de los derechos de que cada uno es dueño en el capital social y derechos sociales de la sociedad INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA a la sociedad INVERSIONES LERCARA. Dos) El precio total de esta cesión es de cuatrocientos siete mil seiscientos cinco pesos, que la Cesionaria debidamente representada de acuerdo a lo indicado, paga en este acto al contado y en dinero efectivo a los Cedentes, declarando recibir el precio a su total conformidad, dándolos en consecuencia por cancelados. A mayor abundamiento, a doña PATRICIA ELENA GARDELLA DEZEREGA, le corresponde un total de ciento noventa y nueve mil doscientos ochenta y siete pesos, y a don PATRICIO DANIEL GARDELLA GARDELLA le corresponde un total de doscientos ocho mil trescientos dieciocho pesos, según su participación social en la sociedad INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA. Tres) En consecuencia, y de conformidad a las estipulaciones precedentes, se produce mediante el presente acto, la disolución de la sociedad INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA, por haberse reunido todos los derechos sociales en una misma persona, de conformidad a la Ley número tres mil novecientos dieciocho y al artículo cuatrocientos siete del Código de Comercio. Cuarto) Es por lo anterior, que la sociedad INVERSIONES LERCARA se hace dueña por el solo ministerio de la ley de todos los activos y pasivos de la sociedad INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA. DECLARACIÓN DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA. Teniendo presentes las estipulaciones indicadas precedentemente, la sociedad INVERSIONES LERCARA, actual y única dueña de todos los derechos sociales de INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA, viene en declarar que INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA se encuentra disuelta por haberse reunido todos los derechos sociales en una misma persona. CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, INVERSIONES LERCARA, que por este acto adquiere el cien por ciento de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA, a través de su representante compareciente, declara que se hace responsable de todos los impuestos que se adeudaren por la sociedad INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA, ello sin perjuicio de pagar los impuesto de la Ley de la Renta que puedan corresponder al balance de término de giro que se practique a la fecha de la presente escritura pública, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la misma y de los demás impuestos, dentro de los plazos legales. ARTÍCULO TRANSITORIO. Para los efectos de la publicación del extracto de disolución de INVERSIONES INTEGRALES LIMITADA los comparecientes declaran que su capital social es de tres millones de pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de Febrero del 2024.