INVERSIONES E INMOBILIARIA BELLE ISLAND LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2023
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, ante mí, don Robert Eduard Ivanschitz Villa, don Matías Etienne Ivanschitz Villa, doña Karin Elisabeth Ivanschitz Villa, y doña Karla Andrea Ivanschitz Villa, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES E INMOBILIARIA BELLE ISLAND LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 72.657 número 53.137, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011; don Robert Eduard Ivanschitz Villa, don Matías Etienne Ivanschitz Villa, doña Karin Elisabeth Ivanschitz Villa y doña Karla Andrea Ivanschitz Villa, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES RUMBO NORTE LIMITADA, sociedad inscrita a fojas. 6.598 número 5.429 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1996; don Robert Eduard Ivanschitz Villa, don Matías Etienne Ivanschitz Villa, doña Karin Elisabeth Ivanschitz Villa, doña Karla Andrea Ivanschitz Villa, y la sociedad INVERSIONES RUMBO NORTE LIMITADA en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES E INMOBILIARIA VÍA LÁCTEA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 45.381 número 32.410, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al 2007; la sociedad Inversiones Rumbo Norte Limitada, y la sociedad Inversiones e Inmobiliaria Vía Láctea Limitada, en su calidad de actuales y únicos socios de INVERSIONES E INMOBILIARIA PUERTO NUEVO LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 54.019 número 38.239, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2007; todos domiciliados en Avenida Las Condes 11.700, Torre A, oficina 903, Región Metropolitana, acordaron: I.Fusión: La sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA BELLE ISLAND LIMITADA absorbe a la sociedad INVERSIONES RUMBO NORTE LIMITADA, a la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA VÍA LÁCTEA LIMITADA, y a la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA PUERTO NUEVO LIMITADA, disolviéndose éstas tres últimas, sin necesidad de efectuar liquidación. La sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA BELLE ISLAND LIMITADA se constituye en sucesora y continuadora legal de la sociedad INVERSIONES RUMBO NORTE LIMITADA, la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA VÍA LÁCTEA LIMITADA, y la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA PUERTO NUEVO LIMITADA. II. Aumento de capital: Por efecto de la fusión, el capital de la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA BELLE ISLAND LIMITADA, se aumenta de la cantidad de $1.000.000 a la cantidad de $616.806.698. III. Modificación de estatutos: En razón de la fusión señalada precedentemente, se modifica el artículo de los estatutos sociales, referido al capital y los socios, reemplazándolo por el siguiente tenor extractado: “El capital de la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA BELLE ISLAND LIMITADA es la suma de $616.806.698, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma; a) don ROBERT EDUARD IVANSCHITZ VILLA con la suma de $219.849.029, que equivalen al 35,6431% del total de los derechos sociales, de los cuales: i) la suma de $1.625.967 se encuentra íntegramente pagada y enterada en arcas sociales, con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, ii) la suma de $218.223.062, que pagará dentro del plazo de 3 años, contados desde la fecha de la escritura extractada; b) don MATÍAS ETIENNE IVANSCHITZ VILLA, con la suma de $132.319.223, que equivalen al 21,4523% del total de los derechos sociales, de los cuales: i) la suma de $978.611 se encuentra íntegramente pagada y enterada en arcas sociales, con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, ii) la suma de $131.340.612, que pagará dentro del plazo de 3 años, contados desde la fecha de la escritura extractada; c) KARLA ANDREA IVANSCHITZ VILLA con la suma de $132.319.223, que equivalen al 21,4523% del total de los derechos sociales, de los cuales: i) la suma de $978.611 se encuentra íntegramente pagada y enterada en arcas sociales, con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, ii) la suma de $131.340.612, que pagará dentro del plazo de 3 años, contados desde la fecha de la escritura extractada; y d) doña KARIN ELISABETH IVANSCHITZ VILLA, con la suma de $132.319.223, que equivalen al 21,4523% del total de los derechos sociales, de los cuales: i) la suma de $978.611 se encuentra íntegramente pagada y enterada en arcas sociales, con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; y, ii) la suma de $131.340.612, que pagará dentro del plazo de 3 años, contados desde la fecha de la escritura extractada.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Stgo., 22 de diciembre de 2023. M. Medina R. Notario Público.