INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO NEGRO 2024 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2024
- Repertorio
- 1095/2024
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será: a) adquisición, transferencia, enajenación, arrendamiento, compra y venta y en general enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios, económicos, energéticos; b) compra, venta, arriendo de bienes muebles, así como la inversión en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro como cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro. d) la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad, y que diga relación directa o indirectamente con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza, y que sean conducentes al mejor aprovechamiento del interés social; y x) En general toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con los fines descritos. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros
Administración
corresponderá a todos los socios, actuando conjuntamente. Sin perjuicio de lo anterior y para una mejor y eficiente administración de la sociedad, los socios delegan en el socio don Francisco Javier Vergara Rosales las facultades de administración de la cláusula Quinta, con excepción de las facultades que dicen relación con la enajenación de activos de la sociedad, el otorgamiento de garantías reales o personales para caucionar obligaciones de la sociedad o de terceros y la adquisición de bienes inmuebles o contratos de promesas que recaigan sobre ellos o sobre los flujos de la sociedad: en estos casos y para el ejercicio de estas facultades se requerirá la actuación conjunta de todos los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27º Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia,, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 31/01/2024, Repertorio N° 1095/2024, ante mí, comparece don Pablo Casado Córdova, con domicilio en Chapultepec N° 5545 departamento 63, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; don Francisco Javier Vergara Rosales, con domicilio en Granja Eliana s, San Ramón, comuna y ciudad de Coquimbo, de paso por esta; don Rodrigo Guillermo Infante Casanello, con domicilio en Augusto Leguía Norte N°191 departamento 21, comuna de Las Condes y don Roberto Rodríguez Sánchez, con domicilio en Lily Marlen N°9116, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad Limitada, cuyo nombre es “INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO NEGRO 2024 LIMITADA”, nombre de fantasía “RÍO NEGRO 2024 LTDA.”- Administración: corresponderá a todos los socios, actuando conjuntamente. Sin perjuicio de lo anterior y para una mejor y eficiente administración de la sociedad, los socios delegan en el socio don Francisco Javier Vergara Rosales las facultades de administración de la cláusula Quinta, con excepción de las facultades que dicen relación con la enajenación de activos de la sociedad, el otorgamiento de garantías reales o personales para caucionar obligaciones de la sociedad o de terceros y la adquisición de bienes inmuebles o contratos de promesas que recaigan sobre ellos o sobre los flujos de la sociedad: en estos casos y para el ejercicio de estas facultades se requerirá la actuación conjunta de todos los socios. Capital: $4.000.000.- totalmente pagado y distribuido entre los socios en partes iguales de forma que a cada uno le corresponde el 25% de los derechos sociales. Objeto: Será: a) adquisición, transferencia, enajenación, arrendamiento, compra y venta y en general enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios, económicos, energéticos; b) compra, venta, arriendo de bienes muebles, así como la inversión en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro como cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro. d) la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad, y que diga relación directa o indirectamente con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza, y que sean conducentes al mejor aprovechamiento del interés social; y x) En general toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con los fines descritos. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada_. Santiago 14 de Febrero de 2024.