MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORT – EXPORT ASIA CHILE CO. LIMITADA

RUT 78391670-3 CVE 2456343
Fecha instrumento
13 de mayo de 1993
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 1993
Notario
FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
Oficio
Primera Notaria de Iquique
Comuna
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí: Don MING KAI YEN, Doña SHU MEI YEN, Don PO WEN YANG, Don KUNLIN YANG, y Doña CHING MEI YANG, todos domiciliados en Avenida Padre Hurtado número 2150, Iquique; modifican sociedad “IMPORT - EXPORT ASIA CHILE CO. LIMITADA”, constituida en fecha 13 de Mayo del año 1993, otorgada ante Notario Público de Iquique Don MANUEL SCHEPELER RAVEAU, inscrita a fojas 369 número 310, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 1993, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile.- en el Sentido que, el socio Don MING KAI YEN, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 25% del haber total social a Don KUNLIN YANG, quien, compra, acepta y adquiere para sí, dichos derechos y acciones en la sociedad. Modificación social expresada, sociedad “IMPORT - EXPORT ASIA CHILE CO. LIMITADA”, queda constituida por sus 4 únicos socios: Don KUNLIN YANG, dueño del 25% derechos y acciones en la sociedad. Doña SHU MEI YEN , dueña 16,67%, Don PO WEN YANG, dueño 33,33% derechos y acciones en la sociedad, y Doña CHING MEI YANG, dueña 25 % derechos y acciones en la sociedad. los Actuales socios modifican la cláusula cuarta del pacto social, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Don KUNLIN YANG, Doña SHU MEI YEN , Don PO WEN YANG, y Doña CHING MEI YANG; quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo, Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 06 Febrero 2024.-