MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Integrales Findraw Limitada

RUT 76287296-K CVE 2455767
Capital
$148.649 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2023
Repertorio
34111
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$148.649 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41ª Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1.160, subsuelo, Santiago, certifico que: Por escritura pública hoy, ante mí, ANA VIRGINIA GONZÁLEZ ROJAS; JORGE SEBASTIÁN GÁRATE APIOLAZA, y la sociedad INVERSIONES FINDRAW LIMITADA, todos representados por Virginia del Carmen Rojas Mardones, y domiciliados en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad SERVICIOS INTEGRALES FINDRAW LIMITADA, inscrita a fojas 105.352 número 44.868 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, en el siguiente sentido de: Dar cuenta que, por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2023 otorgada ante el Notario Público don Félix Jara Cadot, repertorio 34.111, doña Ana Virginia González Rojas aportó el 99% de los derechos que poseía en la sociedad Servicios Integrales Findraw Limitada, a la sociedad Inversiones Findraw Limitada, es decir, el 49,5% del total de los derechos sociales; mientras que don Jorge Sebastián Gárate Apiolaza, aportó el 99% de sus derechos sociales en Servicios Integrales Findraw Limitada, a la sociedad Inversiones Findraw Limitada, es decir, el 49,5% del total de los derechos sociales. En consecuencia a los aportes señalados, se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándose por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL: El capital social es la suma de $148.649, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: a) Inversiones Findraw Limitada, aporta la suma de $147.163, equivalentes a un 99% de los derechos sociales; b) don Jorge Sebastián Gárate Apiolaza, en calidad de empresario unipersonal, aporta la suma de $743, equivalentes a un 0,5% de los derechos sociales; y c) doña Ana Virginia González Rojas, en calidad de empresario unipersonal, aporta la suma de $743, equivalentes a un 0,5% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social, en especial a que los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2023. Félix Jara Cadot. Notario Público.