MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MCC Servicios Industriales SpA

RUT 77177028-2 CVE 2455870
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2023
Notario
MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES
Domicilio
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

Todo lo anterior lo podrá realizar por cuenta propia o ajena, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione o coadyuve a la realización del presente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Notario Público Suplente de JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, certifica: Que por escritura suscrita ante mí, con fecha 13 de Febrero del 2024: 1. Don Marcelo Ariel Reyes Pérez, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero civil industrial, de actuales 40 años de edad, cédula de identidad Nro. 15.119.108-8, domiciliado en Huáscar Nro. 1400, departamento 1007, Providencia, Santiago, Región Metropolitana de Chile; y, 2. Doña Claudia Andrea López Huerta, chilena, casada bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, prevencionista de riesgos, de actuales 37 años de edad, cédula de identidad Nro. 16.199.466-9, con domicilio en calle Jorge Robledo Nro. 1907, Maipú, Santiago, Región Metropolitana de Chile, celebraron compraventa de acciones y se modificó los estatutos de la sociedad por acciones “MCC Servicios Industriales SpA”, R. Ú. T. Nro. 77.177.028-2, constituida por escritura pública de 30/08/2023 y Repertorio Nro. 25.732-2023, ante el abogado don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público de la 43° Notaría Santiago, siendo su extracto inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 76.919 Nro. 33174 del año 2023 y publicado en el Diario Oficial 06/09/2023, en la edición Nro. 43.646.- Así: Primero, Rectificación: Atendiendo que concurrieron la totalidad de los accionistas, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, los accionistas rectificaron el artículo primero transitorio, quedando su contenido en el siguiente tenor: “El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente manera: A) Doña Claudia Andrea López Huerta, suscribe quinientas acciones, y paga en este acto la suma de quinientos mil pesos, quedando enterado y pagado en la caja social; y, B) Don Marcelo Ariel Reyes Pérez, suscribe quinientas acciones, y paga en este acto la suma de quinientos mil pesos, quedando enterado y pagado en la caja social.-”.- Segundo, Compraventa de acciones: 1. Don Marcelo Ariel Reyes Pérez, vende, cede y transfiere la totalidad de sus acciones a Doña Claudia Andrea López Huerta, quien acepta, compra, adquiere para sí dichas acciones por la suma de $500.000.- de pesos.- Tercero, Modificación: Atendiendo lo señalado precedentemente y concurriendo la totalidad de las acciones en Doña Claudia Andrea López Huerta, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, la accionista, modifica los estatutos en los siguientes términos: 1. El contenido del artículo primero transitorio de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente tenor: “El capital de la sociedad ascendiente en la suma de $1.000.000.- de pesos, distribuidas en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y se pagan en este acto en dinero efectivo por la siguiente accionista, en los términos que se pasa a señalar: Doña Claudia Andrea López Huerta, quien suscribe y paga las 1.000 acciones de la Sociedad, las que equivalen a mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y valor nominal, equivalente en la suma de $1.000.000.- de pesos, monto que fue pagado y enterado en este acto en dinero en efectivo a la caja social.-”; 2. El contenido del artículo duodécimo, denominado “Designación de los Administradores” de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente tenor: “La Administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por Doña Claudia Andrea López Huerta, accionista ya individualizada, quien actuará en nombre de la sociedad, en calidad de Administrador.-”; y, 3. El contenido del artículo cuarto, denominado “Objeto” en los estatutos sociales, por el siguiente tenor: “El giro u objeto social serán, de: a) Servicios de instalación, mantención y reparación de pisos industriales, equipos y sales eléctricas, y cualquier otro tipo de mantención industrial en general; b) Montaje de estructuras; c) Ejecución de obras civiles; d) Compra y venta de productos industriales, eléctricos, de mantención, o cualquier otro producto que la empresa requiera comercializar; e) Construcción en general.; f) Ejecución de obras menores y gruesa; y, cualquier otra actividad análoga o complementaria, en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro negocio que se establezca y que se relacione, directa o indirectamente con el objeto. Todo lo anterior lo podrá realizar por cuenta propia o ajena, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione o coadyuve a la realización del presente giro.-”.- A considerar que todo lo que no se modificó por dicho acto seguirá vigente.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La sociedad tiene un capital de $1.000.000.- pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y valor nominal, capital que se encuentra enterado y pagado en la caja social.- Santiago, 14 de Febrero de 2024.-