DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Algina Panul Limitada

RUT 96879840-5 CVE 2455654
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2023
Notaría
Vitacura

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2023
Repertorio
1238
Notario
Luis Alberto Maldonado Concha
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 29 de diciembre de 2023, repertorio 1238, Vicente Navarrete Rolando y Javier Navarrete Rolando, ambos domiciliados en Avenida Pedro de Valdivia Norte número 061, comuna de Providencia, en su calidad de únicos socios de Inmobiliaria Algina Panul Limitada, inscrita a fojas 2075 número 1611 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1998, y también en su calidad de únicos accionistas de Agrícola Agrinama S.A. y de Algina Inmobiliaria y Agrícola S.A., acordaron: Uno) Fusión de Sociedades. Se acuerda fusionar por incorporación a Inmobiliaria Algina Panul Limitada en Algina Inmobiliaria y Agrícola S.A., sociedad esta última que absorberá a la primera y, conjuntamente, absorberá también a Agrícola Agrinama S.A., disolviéndose ambas sociedades. Algina Inmobiliaria y Agrícola S.A. tendrá la calidad de continuadora legal de Inmobiliaria Algina Panul Limitada y de Agrícola Agrinama S.A., y adquirirá todos sus respectivos activos y pasivos, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones. La fusión producirá plenos efectos a contar del 31 de diciembre de 2023. Dos) Disolución de Sociedad Inmobiliaria Algina Panul Limitada. La sociedad Inmobiliaria Algina Panul Limitada se disolverá con fecha 31 de diciembre de 2023, sin necesidad de proceder a su liquidación. Algina Inmobiliaria y Agrícola S.A. será la continuadora legal de Inmobiliaria Algina Panul Limitada conforme al artículo 69 del Código Tributario. Tres) Aprobación de Balance de Fusión y Otros. Se aprueba balance de fusión y otros antecedentes contables al 30 de septiembre de 2023, especialmente la relación de canje de acciones para la fusión. Cuatro) Aprobación de Estatutos de Sociedad Absorbente. Se da cuenta de la modificación de los estatutos de Algina Inmobiliaria Agrícola S.A., los que consideran el aumento de capital de esta sociedad, para el cumplimiento y materialización de la fusión, y se aprueban dichos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 5 de febrero de 2024.