MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

EMPRESA COMERCIAL Y FRUTICOLA JUAN VALENZUELA OLMOS E.I.R.L.

RUT 76108455-0 CVE 2455866
Fecha instrumento
5 de febrero de 2024
Notaría
San

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2024
Repertorio
355-2010
Notario
FERNANDO LASO CORDERO
Oficio
3ª Notaría de San Felipe con asiento en Llay-Llay y Conservador de Bienes Raíces de Llay-Llay y Catemu
Comuna
San

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO LASO CORDERO, Abogado, Notario Público Titular 3ª Notaría de San Felipe con asiento en Llay-Llay y Conservador de Bienes Raíces de Llay-Llay y Catemu, con Oficio en Patricio Lynch N°28, Llay-Llay, certifico: por escritura pública fecha de hoy, 5 de Febrero de 2024, ante mí, JUAN PABLO VALENZUELA OLMOS, 36 años edad, domiciliado en calle Río Cuarto 293, Población Long Beach, comuna de Llay-Llay, Provincia de San Felipe de Aconcagua, mediante escritura pública de fecha 29 de Julio de 2010, otorgada en esta Notaría de Llay-Llay bajo Repertorio N°355-2010, constituyó una empresa de empresa individual de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “EMPRESA COMERCIAL Y FRUTICOLA JUAN VALENZUELA OLMOS E.I.R.L.”, nombre de fantasía “VALENZPALT E.I.R.L.”, RUT N°76.108.455-0, cuyo domicilio es la Comuna de Llay-Llay, inscrita a fojas 14 vuelta número 17, del Registro de Comercio del Conservador de Llay-Llay y Catemu del año 2010, publicado en el Diario Oficial de fecha siete de agosto de dos mil diez . Por el instrumento, don JUAN PABLO VALENZUELA OLMOS en su calidad de constituyente, modificó Artículo Segundo de los estatutos sociales de dicha empresa en el sentido de reemplazar y modificar el giro u objeto social de la Empresa descrito en los estatutos, de modo que el giro u objeto social será únicamente: Compraventa de frutas, verduras, semillas, productos hortofrutícolas, frutales, leguminosas, plantas ornamentales, abonos, productos químicos y demás insumos de la industria agrícola, ganadera, frutícola y forestal, importación, exportación, distribución, comercialización al por mayor y al detalle de toda clase de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas relacionadas con el giro, sea por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras, comisiones y consignaciones para la venta y comercio de productos agropecuarios, y todo tipo de corretaje agrícola.- En consecuencia, se suprimen las letras a), b), c), d), y e) del Artículo Segundo del estatuto ya citado.- En todo lo demás y lo no modificado, regirán íntegramente las disposiciones establecidas en el estatuto social contenido en la escritura pública otorgada con fecha 29 de Julio de 2010, bajo Repertorio N°355-2010. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Llay-Llay, 5 de Febrero de 2024.