Instrumento
- Fecha
- 13 de febrero de 2024
- Repertorio
- 1606-24
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Toltén, Región de La Araucanía; sucursales en cualquiera región del país
- Duración
- Indefinida
Objeto social
compraventa, distribución, producción o transformación de bienes o la prestación de servicios a terceros asociados al desarrollo del oficio de la cestería y otras artesanías en fibra natural y su comercialización, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. Capital suscrito: $3.000.000 (tres millones de pesos), dividido en 200 cuotas de participación, de un valor inicial de $15.000 cada una. Cada socia suscribe 25 cuotas de participación, equivalentes a $375.000. Cada socia paga en efectivo, en el acto, 1 cuota de participación, equivalente a $15.000; las restantes 24 cuotas de participación serán aportadas por cada socia mediante trabajo valorizado, equivalentes a $360.000, en el plazo máximo de 6 meses desde la presente Junta Constitutiva. Concurrieron 8 socias a esta Junta Constitutiva. – Temuco, 14 de Febrero de 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, abogado, Notario Público Titular de Temuco, con domicilio en calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2024, bajo el Repertorio N° 1606-24, otorgada ante mi Suplente doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas; fue reducida a escritura pública el acta de la Junta Constitutiva y su Estatuto Social, con fecha primero de febrero del año 2024, mediante la cual se constituyó la “Cooperativa de Trabajo Taiñ Pewman Limitada", cuyo nombre de fantasía será “Cooperativa Taiñ Pewman”, con la que podrá actuar en todas sus operaciones sociales. Domicilio: comuna de Toltén, Región de La Araucanía; sucursales en cualquiera región del país. Duración: Indefinida. Objeto: compraventa, distribución, producción o transformación de bienes o la prestación de servicios a terceros asociados al desarrollo del oficio de la cestería y otras artesanías en fibra natural y su comercialización, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. Capital suscrito: $3.000.000 (tres millones de pesos), dividido en 200 cuotas de participación, de un valor inicial de $15.000 cada una. Cada socia suscribe 25 cuotas de participación, equivalentes a $375.000. Cada socia paga en efectivo, en el acto, 1 cuota de participación, equivalente a $15.000; las restantes 24 cuotas de participación serán aportadas por cada socia mediante trabajo valorizado, equivalentes a $360.000, en el plazo máximo de 6 meses desde la presente Junta Constitutiva. Concurrieron 8 socias a esta Junta Constitutiva. – Temuco, 14 de Febrero de 2024.