Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $22.641 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, de repertorio número N°34.752-2023, ante mí, (i) doña María Teresa Errázuriz Orrego, (ii) don Alfonso José Fernando Errázuriz Orrego y (iii) don Diego José Errázuriz Orrego; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada (la “Sociedad”) que fue constituida mediante escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2023, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, acordaron lo siguiente: (1) Aumento de capital. Aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $22.641.114 a la cantidad de $92.661.849. El aumento de capital, por la suma total de $70.020.735 fue enterado por doña María Teresa Errazuriz Orrego, don Alfonso Errazuriz Orrego y don Diego Errazuriz Orrego, mediante el aporte de las cuentas por cobrar que cada uno de los socios mantenía en contra de (i) Sociedad Fundo Tata Claudio Limitada, (ii) San Matías de Bucalemu Limitada y (iii) Agrícola Santa Raquel de Bucalemu Limitada, las que en su conjunto ascendían a la suma de $70.020.735, y que se desglosan en la escritura extractada. (2) Modificación de Estatutos Sociales. En virtud de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $92.661.849, que los socios han aportado y pagado íntegramente en la forma y proporciones que a continuación se indican: /a/ doña María Teresa Errazuriz Orrego, la cantidad total de $30.887.283, equivalentes al 33,333% de los derechos sociales; /b/ don Alfonso Errazuriz Orrego, la cantidad total de $30.887.283, equivalentes al 33,333% de los derechos sociales; y c) don Diego Errazuriz Orrego, la cantidad total de $30.887.283, equivalentes al 33,333% ciento de los derechos sociales.” En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 07 de febrero de 2024.-