SERVICIOS PEDRO ARCE MERINO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2024
- Notario
- GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de SAN PEDRO DE LA PAZ
- Duración
- La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- ADMINISTRACIÓN Y USO
- Ley aplicable
- Ley N° 19.857
Objeto social
El objeto social será: La prestación de los servicios de construcción, reparación, ampliación y acondicionamiento de toda clase de casas, sean viviendas sociales o no, edificios, oficinas, estacionamientos, centros comerciales y cualquier otro proyecto de construcción, sea por cuenta propia o ajena; el diseño, ejecución, reparación, transformación y administración por cuenta propia o ajena, de obras civiles de toda clase, mayores o menores, sean públicas o privadas; la pavimentación, reparación o reposición de calles, veredas, y los servicios de excavación y movimiento de tierra en general; el estudio, diseño, construcción, mantenimiento y reparación de toda clase de redes eléctricas, de agua potable, de alcantarillado, así como obras de infraestructura sanitaria, sea su realización como contratista, subcontratista, o de cualquier otra forma; la comercialización de toda clase de materiales de construcción, al por mayor o menor, incluyendo maquinaria para la construcción, así como también de herramientas, instrumentos y equipos industriales, sean nuevos, usados o refaccionados; el arrendamiento de vehículos motorizados, maquinarias y equipos industriales; el transporte terrestre de todo tipo de carga, por cuenta propia o ajena, el que se podrá realizar en vehículos propios o de terceros, incluyendo los servicios de carga, descarga, embalaje y algún otro, que se relacione con el flete, el traslado y el transporte terrestre; y cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionado con los objetos anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA. Por escritura pública 16 de enero de 2024, ante mí, don PEDRO JACOB ARCE MERINO, y doña VALESKA ANDREA AGUAYO FIERRO, ambos domiciliados en San Pedro de la Paz, calle Valle de Rapel N° 5580 casa 34; exponen: ANTECEDENTES: UNO.- Por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2011, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don Carlos Alberto Miranda Jiménez, cuyo extracto se inscribió a fojas 273 N° 243 del Registro de Comercio de San Pedro de la Paz, correspondiente al año 2011, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 8 de septiembre del mismo año, se constituyó la empresa individual de responsabilidad limitada denominada “SERVICIOS PEDRO ARCE MERINO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “EMVAL E.I.R.L.”, RUT. N° 76.166.407-7, con un capital de $1.000.000.- DOS.- Transformación social.- Por este acto don PEDRO JACOB ARCE MERINO y doña VALESKA ANDREA AGUAYO FIERRO, y conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso segundo de la Ley N° 19.857, vienen en transformar la empresa individual de responsabilidad limitada “SERVICIOS PEDRO ARCE MERINO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZÓN SOCIAL: La razón social será “SERVICIOS EMVAL LIMITADA”, pudiendo actuar o funcionar, incluso ante los Bancos, Instituciones de Crédito, Fomento e Instituciones Financieras, Servicios Públicos, especialmente Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, Municipalidades, Banco Central de Chile, Banco del Estado, Servicio de Aduanas, Corporación de Fomento y cualquiera de sus filiales o instituciones dependientes, así como ante cualquier entidad pública o privada, con el nombre de fantasía de "EMVAL LIMITADA", pudiendo sustituir en la razón social o en el nombre de fantasía la palabra Limitada por su abreviatura Ltda..- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la comuna de SAN PEDRO DE LA PAZ, sin perjuicio de las agencias, oficinas, filiales o sucursales que puedan abrirse en cualquier lugar del territorio nacional.- OBJETO: El objeto social será: La prestación de los servicios de construcción, reparación, ampliación y acondicionamiento de toda clase de casas, sean viviendas sociales o no, edificios, oficinas, estacionamientos, centros comerciales y cualquier otro proyecto de construcción, sea por cuenta propia o ajena; el diseño, ejecución, reparación, transformación y administración por cuenta propia o ajena, de obras civiles de toda clase, mayores o menores, sean públicas o privadas; la pavimentación, reparación o reposición de calles, veredas, y los servicios de excavación y movimiento de tierra en general; el estudio, diseño, construcción, mantenimiento y reparación de toda clase de redes eléctricas, de agua potable, de alcantarillado, así como obras de infraestructura sanitaria, sea su realización como contratista, subcontratista, o de cualquier otra forma; la comercialización de toda clase de materiales de construcción, al por mayor o menor, incluyendo maquinaria para la construcción, así como también de herramientas, instrumentos y equipos industriales, sean nuevos, usados o refaccionados; el arrendamiento de vehículos motorizados, maquinarias y equipos industriales; el transporte terrestre de todo tipo de carga, por cuenta propia o ajena, el que se podrá realizar en vehículos propios o de terceros, incluyendo los servicios de carga, descarga, embalaje y algún otro, que se relacione con el flete, el traslado y el transporte terrestre; y cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionado con los objetos anteriores.- CAPITAL: $3.000.000.-, que se aporta de la siguiente forma: a) el socio Pedro Jacob Arce Merino, aporta la suma de $2.100.000.-, equivalente al 70% del capital social, que entera y paga en este acto, con el aporte del capital de la empresa individual de responsabilidad limitada que se transforma, equivalente a la suma de $1.000.000., aporte, que comprende todos los haberes y derechos, que al compareciente le corresponden en la empresa, y con la suma de $1.100.000.- en dinero efectivo, ingresado a la caja social; y b) la socia Valeska Andrea Aguayo Fierro, aporta la suma de $900.000.-, equivalente al 30% del capital social, que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ingresado a la caja social.- RESPONSABILIDAD SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio Pedro Jacob Arce Merino, quien la ejercerá personalmente o por mandatario. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 19 de enero de 2024.