LUIS MAYORGA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2024
- Notario
- VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, Abogado, Notario Público Suplente de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 12 de febrero del 2024, ante mí, doña MARÍA VERÓNICA CAMUS POBLETE, por sí y en representación de doña MAGDALENA PAZ MAYORGA CAMUS, de don JOAQUIN ANDRÉS MAYORGA CAMUS, de doña ROSARIO DEL PILAR MAYORGA CAMUS, de don LUIS RODRIGO MAYORGA CAMUS, de doña FRANCISCA ALEJANDRA MAYORGA CAMUS, todos domiciliados para estos efectos en calle Petén N° 297, comuna de Las Condes, Región; modificó la sociedad LUIS MAYORGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a Fojas 16.667 Número 8.454 del año 1992 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Comercio de Santiago. Por partición parcial efectuada en la escritura que se extracta, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad: doña MARIA VERÓNICA CAMUS POBLETE, con una participación en el haber social total de un 10%, doña MAGDALENA PAZ MAYORGA CAMUS, con una participación en el haber social total de un 20%, don LUIS RODRIGO MAYORGA CAMUS, con una participación en el haber social total de un 16,68%, doña FRANCISCA ALEJANDRA MAYORGA CAMUS, con una participación en el haber social total de un 16.66%, don JOAQUIN ANDRÉS MAYORGA CAMUS con una participación en el haber social total de un 16.66% y doña ROSARIO DEL PILAR MAYORGA CAMUS con una participación en el haber social total de un 20%, a través de su representante, modifican la cláusula cuarta de los estatutos sociales, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a doña MARIA VERÓNICA CAMUS POBLETE, quien podrá actuar con todas y cada una de las facultades indicadas en cláusula referida de la escritura que se extracta, las que se tienen por reproducidas. Adicionalmente, los socios, a través de su representante, modificaron la cláusula quinta de los estatutos la cual queda de la siguiente manera: “QUINTA: DEL CAPITAL.- El capital de la sociedad será la cantidad de quinientos mil pesos, que se aportan de la siguiente manera: A) doña MARIA VERÓNICA CAMUS POBLETE con la suma de cincuenta mil pesos, enterados con anterioridad en la caja social; B) doña MAGDALENA PAZ MAYORGA CAMUS con la suma de cien mil pesos, enterados con anterioridad en la caja social; C) de don LUIS RODRIGO MAYORGA CAMUS con la suma de ochenta y tres mil trescientos treinta y cuatro pesos, enterados con anterioridad en la caja social; D) doña FRANCISCA ALEJANDRA MAYORGA CAMUS con la suma de ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, enterados con anterioridad en la caja social; E) don JOAQUIN ANDRÉS MAYORGA CAMUS con la suma de ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, enterados con anterioridad en la caja social; y F) doña ROSARIO DEL PILAR MAYORGA CAMUS con la suma de cien mil pesos, enterados con anterioridad en la caja social.”. En lo no modificado mantiene su vigencia pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de febrero de 2024.