Comercial e Inversiones ARC SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2024
- Repertorio
- 491-2024
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- 29° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Efectuar por cuenta propia o ajena la importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes muebles, en especial artículos y equipos electrónicos, equipos de computación, tecnología y de información, productos textiles, prendas de vestir, telas, accesorios de vestir, calzados; confeccionar y producir alimentos en general, bebidas no alcohólicas, actividad de restaurant, supermercado, comida rápida, comida preparada para llevar, equipos para restaurant y, en general, para la gastronomía; metales preciosos y sus aleaciones y artículos de estas materias o de chapado; joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones; fustas y guarnicionería; juguetes, accesorios electrónicos, menaje en general, artículos para el hogar, producto de mar, vino, alcohol, oficina e industria, ya sea nuevos o usados; bicicleta y accesorios para bicicleta, bicicleta eléctrica y accesorios, repuestos para bicicleta eléctrica; fabricar y ensamblar todo tipo de productos, representar marcas nacionales e internacionales y, venta por mayor al por menor de flores, plantas, árboles, semillas, abonos, arreglos de flores y adornos decorativos, y toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores, y cualquier actividad que los socios determinen. Cultivar, comercializar y en general realizar todo tipo de actividades agrícolas, importes, realizar servicio de asesorías y de post ventas de todo tipo de herramientas, equipos e insumos agrícolas. Prestar servicios de decoración, asesorías en adornos decorativos, actividades y eventos especiales. Además podrán actuar, como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y)o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero; desarrollar servicios publicitarios y de marketing relacionados con las industrias explotadas, asesoría de imagen, certificaciones corporativas y)o personales sobre el correcto uso de los recursos naturales y la exploración y conservación de la naturaleza, y toda otra actividad relacionada con las anteriores, en la actualidad o en el futuro que acuerden los socios, la participación en convenciones, seminarios, foros y otras actividades ligados al objeto ya descrito y al emprendimiento en general. Asimismo, podrá realizar todos los actos relacionados con el presente estatuto sin ningún tipo de limitación o restricción, y en caso de cualquier ambigüedad, esta cláusula se interpretará de manera que sus atribuciones sean amplias, en lugar de limitarse, teniendo la Sociedad la facultad de llevar a cabo todas las operaciones, actos y contratos comerciales y civiles, incluyendo la participación en otras sociedades. La Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para llevar a cabo toda clase de actos y operaciones y celebrar los contratos directa o indirectamente relacionados a lo anterior para su desarrollo
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a don Luis Vicente Claro Novoa, don Humberto José Reyes Tagle, y don Gonzalo Maximiliano Alonso Román, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición para actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones civiles, comerciales, administrativas, judiciales o de otro orden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver N°225, piso tres, oficina N°302, Santiago, certifico: que mediante instrumento privado de fecha 30 de enero de 2024, el cual fue protocolizado en mi registro público con fecha 30 de enero de 2024, bajo el Repertorio N° 491-2024, y cuyas firmas fueron debidamente autorizadas en esta misma Notaría; don Luis Vicente Claro Novoa, cédula de identidad N° 18.953.790-5; don Humberto José Reyes Tagle, cédula de identidad N° 18.933.376-5; y don Gonzalo Maximiliano Alonso Román, cédula de identidad N° 18.634.647-5, constituyeron una sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Comercial e Inversiones ARC SpA”. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Efectuar por cuenta propia o ajena la importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes muebles, en especial artículos y equipos electrónicos, equipos de computación, tecnología y de información, productos textiles, prendas de vestir, telas, accesorios de vestir, calzados; confeccionar y producir alimentos en general, bebidas no alcohólicas, actividad de restaurant, supermercado, comida rápida, comida preparada para llevar, equipos para restaurant y, en general, para la gastronomía; metales preciosos y sus aleaciones y artículos de estas materias o de chapado; joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones; fustas y guarnicionería; juguetes, accesorios electrónicos, menaje en general, artículos para el hogar, producto de mar, vino, alcohol, oficina e industria, ya sea nuevos o usados; bicicleta y accesorios para bicicleta, bicicleta eléctrica y accesorios, repuestos para bicicleta eléctrica; fabricar y ensamblar todo tipo de productos, representar marcas nacionales e internacionales y, venta por mayor al por menor de flores, plantas, árboles, semillas, abonos, arreglos de flores y adornos decorativos, y toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores, y cualquier actividad que los socios determinen. Cultivar, comercializar y en general realizar todo tipo de actividades agrícolas, importes, realizar servicio de asesorías y de post ventas de todo tipo de herramientas, equipos e insumos agrícolas. Prestar servicios de decoración, asesorías en adornos decorativos, actividades y eventos especiales. Además podrán actuar, como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero; desarrollar servicios publicitarios y de marketing relacionados con las industrias explotadas, asesoría de imagen, certificaciones corporativas y/o personales sobre el correcto uso de los recursos naturales y la exploración y conservación de la naturaleza, y toda otra actividad relacionada con las anteriores, en la actualidad o en el futuro que acuerden los socios, la participación en convenciones, seminarios, foros y otras actividades ligados al objeto ya descrito y al emprendimiento en general. Asimismo, podrá realizar todos los actos relacionados con el presente estatuto sin ningún tipo de limitación o restricción, y en caso de cualquier ambigüedad, esta cláusula se interpretará de manera que sus atribuciones sean amplias, en lugar de limitarse, teniendo la Sociedad la facultad de llevar a cabo todas las operaciones, actos y contratos comerciales y civiles, incluyendo la participación en otras sociedades. La Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para llevar a cabo toda clase de actos y operaciones y celebrar los contratos directa o indirectamente relacionados a lo anterior para su desarrollo. Capital: $1.500.000 dividido en 1.500 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas en el acto de constitución de la Sociedad. Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a don Luis Vicente Claro Novoa, don Humberto José Reyes Tagle, y don Gonzalo Maximiliano Alonso Román, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición para actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones civiles, comerciales, administrativas, judiciales o de otro orden.- Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Se facultó al portador del extracto, para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean procedentes en los registros respectivos. Santiago, 02 de febrero de 2024.