CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES DEL SUR SpA

RUT 16612718-1 CVE 2454322
Capital
$1.490.000 CLP
Fecha instrumento
8 de febrero de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de febrero de 2024
Repertorio
322
Notario
LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO
Domicilio
Pucón

Sociedad

Capital
$1.490.000 CLP
Domicilio
Pucón
Duración
Indefinida

Objeto social

Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; y b) La compra, venta, adquisición y, en general la enajenación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes raíces, agrícolas y no agrícolas, como asimismo, el arrendamiento de toda clase de bienes raíces no amoblados y sin instalaciones ni maquinarias que permitan el ejercicio de una actividad comercial o industrial, como asimismo, el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, la subdivisión, loteo, urbanización y comercialización de toda clase de bienes inmuebles. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña JESSICA GLORIA FERNÁNDEZ NEIRA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con giro de los negocios sociales según artículos séptimo, octavo y noveno de los estatutos. A falta de ella, la administración de la sociedad quedará radicada en los otros tres accionistas quienes actuarán en forma conjunta y con las mismas facultades de la Administradora faltante y que están establecidas en estatutos y en la ley

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público Titular de Pucón, con Oficio en calle General Urrutia Nº283, oficina 26, segundo piso, certifica: por escritura pública de fecha 08 de Febrero del año 2024, Repertorio N°322, ante mí, doña JECSI NICOL ESPARZA FERNÁNDEZ, chilena, soltera, nutricionista, cédula de identidad N° 16.612.718-1; don JERCO ANDRÉS ESPARZA FERNÁNDEZ, chileno, soltero, encargado de máquinas, cédula de identidad N° 17.218.806-0; y doña JESSICA GLORIA FERNÁNDEZ NEIRA, chilena, divorciada, profesora, cédula de identidad N° 9.698.994-6, por sí y en representación de don JAIME PATRICIO ESPARZA FERNÁNDEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, funcionario público, cédula de identidad N° 17.826.387-0, todos domiciliados para estos efectos en calle prolongación Colo-Colo, N° 2215, comuna y ciudad de Pucón, constituyeron una Sociedad por Acciones, la cual se regirá por los estatutos sociales que a continuación se indican, y, en subsidio, por el Título VII del Libro II del Código de Comercio y demás normas legales que le sean aplicables. Razón social: INVERSIONES DEL SUR SpA. Objeto: Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; y b) La compra, venta, adquisición y, en general la enajenación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes raíces, agrícolas y no agrícolas, como asimismo, el arrendamiento de toda clase de bienes raíces no amoblados y sin instalaciones ni maquinarias que permitan el ejercicio de una actividad comercial o industrial, como asimismo, el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, la subdivisión, loteo, urbanización y comercialización de toda clase de bienes inmuebles. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Pucón, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $1.490.000.000 dividido en 14.900 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, emitidas sin imprimar láminas físicas de dichos títulos, que los accionistas suscriben y pagan en la siguiente forma: Uno.- Doña JECSI NICOL ESPARZA FERNÁNDEZ, suscribe 12.462 acciones que equivalen a la suma de $1.246.266.666, las cuales paga en este acto mediante el aporte en dominio y/o cuotas de dominio de los inmuebles que se singularizan en el numeral UNO del artículo primero transitorio de la escritura extractada; Dos.- Doña JESSICA GLORIA FERNÁNDEZ NEIRA, suscribe 1.331 acciones que equivalen a la suma de $133.066.666, las cuales paga en este acto mediante el aporte en dominio y/o cuotas de dominio de los inmuebles que se singularizan en el numeral DOS del artículo primero transitorio de la escritura extractada; Tres.- Don JERCO ANDRÉS ESPARZA FERNÁNDEZ, suscribe 657 acciones que equivalen a la suma de $65.666.666, las cuales paga en este acto mediante el aporte en dominio y/o cuotas de dominio de los inmuebles que singularizan en el numeral TRES del artículo primero transitorio de la escritura extractada; Y, Cuatro.- Don JAIME PATRICIO ESPARZA FERNÁNDEZ, suscribe 450 acciones que equivalen a la suma de $45.000.000, las cuales paga en este acto mediante el aporte en dominio y/o cuotas de dominio del inmueble que se singulariza en el numeral CUATRO del artículo primero transitorio de la escritura extractada, el cual ingresa en este acto en arcas de la sociedad. Las avaluaciones corresponden al costo reajustado de los inmuebles, ingresando así a las arcas de la sociedad. En virtud de lo anterior, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. El aporte en dominio y/o cuotas de dominio de los bienes raíces singularizados en la escritura, se efectuó bajo la modalidad de propiedad fiduciaria, conforme al artículo tercero transitorio. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña JESSICA GLORIA FERNÁNDEZ NEIRA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con giro de los negocios sociales según artículos séptimo, octavo y noveno de los estatutos. A falta de ella, la administración de la sociedad quedará radicada en los otros tres accionistas quienes actuarán en forma conjunta y con las mismas facultades de la Administradora faltante y que están establecidas en estatutos y en la ley. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Pucón, 08 de Febrero 2024.