ASESORIAS, EMPRESA E INVERSIONES JTZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2024
- Repertorio
- 1573/2024
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales tales como bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma; c) La administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; d) Asesorar, conducir y llevar a cabo el negocio de comercializar, promocionar, y atender cualquier tipo de requerimiento de gestión comercial o industrial solicitado por el cliente, la compra, adquisición, venta, y cualquier otra disposición establecida por su propia cuenta o en calidad de representante, como representante de fabricante, intermediario de mercancías, contratista, comisionista, factores o agentes; y d) La realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Don JOSE DANIEL TOMARELLI ZAPICO | socio | 6487738-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita Nº 20, comuna de las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 06/02/2024, repertorio N°1.573/2024, ante mi, Don JOSE DANIEL TOMARELLI ZAPICO, chileno, conviviente civil, CI N° 6.487.738-0, domiciliado Carlos Paz Ferreira numero 2410, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; constituyen sociedad por acciones denominada «ASESORIAS, EMPRESA E INVERSIONES JTZ SpA.» pudiendo también actuar, inclusive con los nombres de fantasía o siglas de «JTZ SpA». El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que la administración acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto Social: : El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales tales como bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma; c) La administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; d) Asesorar, conducir y llevar a cabo el negocio de comercializar, promocionar, y atender cualquier tipo de requerimiento de gestión comercial o industrial solicitado por el cliente, la compra, adquisición, venta, y cualquier otra disposición establecida por su propia cuenta o en calidad de representante, como representante de fabricante, intermediario de mercancías, contratista, comisionista, factores o agentes; y d) La realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, dividido en cinco millones acciones de una sola serie y sin valor nominal; acciones quedarán totalmente suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la presente escritura. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de febrero 2024. Mmo.-