CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA Y LECHERA TRARUCO LIMITADA

CVE 2454546
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2024
Notario
ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL
Domicilio
Unión

Sociedad

Capital
$9.000.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de diez años desde fecha escritura, plazo que será prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que socios manifiesten intención de ponerle termino, según pacto social

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL, Abogado, Notario Público Titular de La Unión, con oficio ubicado en esta ciudad, calle Eleuterio Ramírez, número seiscientos treinta y uno, certifico: por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2024, Repertorio número 236, ante mí; doña DANIELA LORENA ROBERT SCHWERTER, chilena, divorciada, Perito Agrícola, domiciliada en Fundo San Carlos, comuna de La Unión y don AUGUSTO FERNANDO ROBERT SCHWERTER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, domiciliado en Rucúe número cuarenta y tres, condominio Siete Ríos, Comuna de Los Ángeles, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE: AGRÍCOLA Y LECHERA TRARUCO LIMITADA.; NOMBRE FANTASÍA: AGRÍCOLA TRARUCO LTDA.; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponde a DANIELA LORENA ROBERT SCHWERTER, con las facultades y limitaciones que indica la escritura social; CAPITAL: $9.000.000, que socios han aportado, enterado y pagado en dinero efectivo por iguales partes; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La actividad agrícola en general y la producción lechera en particular; b) La explotación agrícola de predios rústicos o forestales, propios o ajenos, de todo tipo de productos del agro en general, incluso su comercialización; c) La crianza, engorda y compraventa de ganado; d) La explotación y comercialización de siembras y plantaciones de toda clase o índole; y e) En general, la realización de cualquier otra función o actividad relacionada y la celebración de actos o contratos necesarios para la consecución de su objeto social.; DURACIÓN: La duración de la sociedad será de diez años desde fecha escritura, plazo que será prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que socios manifiesten intención de ponerle termino, según pacto social. Demás estipulaciones constan en Escritura Extractada. DOY FE. La Unión, 13 de Febrero de 2024.