MAESTRANZA PEÑA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2024
- Repertorio
- 1028-2024
- Notario
- Eliana Andrea Martínez Cárdenas
- Oficio
- Notaría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga
- Comuna
- Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 43441 del 3 de enero de 2023
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEliana Andrea Martínez Cárdenas, Abogado, Notario Público Suplente de la Notaría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas 979, de la comuna de Temuco, certifico: Por escritura pública, de 29 Enero 2024, Repertorio Nº 1028-2024, otorgada ante la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga, doña ELIZABETH CECILIA PEÑA ESPINOZA, domiciliada en mirador de la Frontera 2572, Mirador de la Frontera, Temuco, doña RUBY MARLENE HERRERA ARRIAGADA, domiciliada en Lomas de Chivilcan, parcela C-dieciséis, Temuco, y don SAAC LORENZO PEÑA ESPINOZA, domiciliado en Lomas de Chivilcan, parcela C- dieciséis, Temuco, rectificaron escritura modificación sociedad responsabilidad limitada otorgada ante SERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS, abogado, Notario Púbico interino de la Primera Notaria de Temuco, 10 agosto de 2022, publicado en siguientes sentidos: RECTIFICACIÓN Habida cuenta del error incurrido en el extracto publicado en el Diario Oficial número 43.441 de 03 de enero de 2023, rectifican aquel en el sentido de eliminar la frase “Recreo 580, Temuco y MARCELA DELFINA ALVEAR HERRERA, domiciliada en”. SANEAMIENTO: Que extracto de modificación de la Sociedad “MAESTRANZA PEÑA LIMITADA”, fue publicado en el Diario Oficial, con fecha 03 de enero de 2023, estando plazo legal vencido, incumpliendo formalidad establecida en artículo 354 inciso final del Código de Comercio, y otras normas, lo que constituye un vicio formal. A objeto de sanear aquel, los comparecientes declaran que concurrieron al otorgamiento de la escritura pública de 10 de agosto de 2022, en la que se acordó la modificación de la sociedad, en el sentido que ELIZABETH CECILIA PEÑA ESPINOZA vende, cede y transfiere a RUBY MARLENE HERRERA ARRIAGADA, su interés en la sociedad en la suma de DOS MILLONES de PESOS y a ISAAC LORENZO PEÑA ESPINOZA, en la suma de OCHO MILLONES DE PESOS, pasando a ser los únicos socios RUBY MARLENE HERRERA ARRIAGADA e a ISAAC LORENZO PEÑA ESPINOZA en un diez por ciento y en un noventa por ciento, respectivamente y se convino que la modificación regiría desde la fecha de la citada escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 08 de Febrero de 2024.