MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola y Forestal Santa Lucía de Bucalemu Limitada

RUT 78640320-0 CVE 2453534
Capital
$347.673.262 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$347.673.262 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, de repertorio número 34.746-2023, ante mí, (i) doña Mariana Orrego Sánchez, (ii) don Fernando Tomás Orrego Sánchez, (iii) doña María Cristina Orrego Sánchez, (iv) doña María José Orrego Sánchez, (v) don Santiago Orrego Sánchez, (vi) doña María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (vii) doña Teresa Orrego Sánchez, (viii) don Germán José Enrique Orrego Sánchez, (ix) don Cristóbal Orrego Sánchez, (x) doña María Teresa Errázuriz Orrego, (xi) don Alfonso José Fernando Errázuriz Orrego, (xii) don Diego José Errázuriz Orrego, (xiii) doña María Alejandra Orrego Larraín, (xiv) doña María Valentina Larraín Bunster, (xv) doña María Valentina Orrego Larraín, (xvi) don Claudio Benjamín Orrego Larraín, (xvii) doña María Francisca Orrego Larraín, (xviii) don Francisco Orrego Bauzá, (xix) doña María Soledad Bauzá González, (xx) doña María Macarena Orrego Bauzá, y (xxi) doña María Soledad Orrego Bauzá; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Agrícola y Forestal Santa Lucía de Bucalemu Limitada (la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: (1) División. Dividir la Sociedad en cinco sociedades, subsistiendo Agrícola y Forestal Santa Lucía de Bucalemu Limitada en calidad de continuadora legal, conservando su razón social y objeto y rigiéndose por el pacto social vigente, con las modificaciones que se establecen en la escritura extractada, y constituyéndose cuatro nuevas sociedades de responsabilidad limitada denominadas Sociedad Agrícola Fundo Tata Claudio Limitada, Agrícola Santa Raquel de Bucalemu Limitada, Agrícola San Matías de Bucalemu Limitada y Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada. (2) Disminución de capital. Como consecuencia de la división, se acordó disminuir el capital de la Sociedad en la cantidad de $347.673.262, esto es, desde la cantidad de $363.354.436 a la cantidad de $15.681.174. El total de la disminución de capital es asignado al capital de las nuevas sociedades que se constituyen producto de la división de la Sociedad. (3) Modificación de estatutos: Reemplazar el Artículo Tercero de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Tercero: El capital de la Sociedad es la suma de $15.681.174, que los socios han aportado y pagado íntegramente en la siguiente proporción: i) Mariana Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; ii) Fernando Tomás Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; iii) María Cristina Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; iv) María José Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; v) Santiago Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; vi) María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; vii) Teresa Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; viii) Germán José Enrique Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; ix) Cristóbal Orrego Sánchez, la suma de $435.588, equivalente a un 2,777% de los derechos sociales; x) María Teresa Errazuriz Orrego, la suma de $1.306.765, equivalente a un 8,333% de los derechos sociales; xi) Alfonso Errazuriz Orrego, la suma de $1.306.765, equivalente a un 8,333% de los derechos sociales; xii) Diego Errazuriz Orrego, la suma de $1.306.764, equivalente a un 8,333% de los derechos sociales; xiii) María Alejandra Orrego Larraín, la suma de $653.121, equivalente a un 4,165% de los derechos sociales; xiv) María Valentina Orrego Larraín, la suma de $653.121, equivalente a un 4,165% de los derechos sociales; xv) María Valentina Larraín Bunster, la suma de $1.307.810, equivalente a un 8,340% de los derechos sociales; xvi) Claudio Benjamín Orrego Larraín, la suma de $653.121, equivalente a un 4,165% de los derechos sociales; xvii) María Francisca Orrego Larraín, la suma de $653.121, equivalente a un 4,165% de los derechos sociales; xviii) Francisco Orrego Bauzá, la suma de $1.018.806, equivalente a un 6,497% de los derechos sociales; xix) María Soledad Bauzá González, la suma de $863.876, equivalente a un 5,509% de los derechos sociales; xx) María Macarena Orrego Bauzá, la suma de la suma de $1.018.806, equivalente a un 6,497% de los derechos sociales; y xxi) María Soledad Orrego Bauzá, la suma de la suma de $1.018.806, equivalente a un 6,497% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La constitución de las sociedades que nacen de la división consta de extractos separados de esta misma fecha. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 01 de febrero de 2024.-