MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Santa Raquel de Bucalemu Limitada

CVE 2453567
Capital
$87.717 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$87.717 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, de repertorio número N°34748-2023, ante mí, (i) Mariana Orrego Sánchez, (ii) Fernando Tomás Orrego Sánchez, (iii) María Cristina Orrego Sánchez, (iv) María José Orrego Sánchez, (v) Santiago Orrego Sánchez, (vi) María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (vii) Teresa Orrego Sánchez, (viii) Germán José Enrique Orrego Sánchez, (ix) Cristóbal Orrego Sánchez, (x) María Teresa Errázuriz Orrego, (xi) Alfonso Errázuriz Orrego, (xii) Diego Errázuriz Orrego, (xiii) María Alejandra Orrego Larraín, (xiv) María Valentina Orrego Larraín, (xv) María Valentina Larraín Bunster, (xvi) Claudio Benjamín Orrego Larraín, (xvii) María Francisca Orrego Larraín, (xviii) Francisco Orrego Bauzá, (xix) María Soledad Bauzá González, (xx) María Macarena Orrego Bauzá y (xxi) María Soledad Orrego Bauzá; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 8, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Agrícola Santa Raquel de Bucalemu Limitada (la “Sociedad”) que fue constituida mediante escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2023, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, acordaron lo siguiente: (1) Aumento de capital. Aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $87.717.594 a la cantidad de $93.515.121. El aumento de capital, por la suma total de $5.797.527 íntegramente pagado y enterado, se efectuó mediante la capitalización de utilidades sociales de la Sociedad de ejercicios anteriores en la misma proporción de derechos que tiene cada uno de los socios. Conforme a lo anterior, los socios han acordado reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $93.515.121, que los socios han aportado y pagado íntegramente de la siguiente manera: i) a la fecha de constitución de la sociedad mediante el aporte en dominio de los derechos que les corresponden en la Hijuela 3 resultante de la subdivisión del Lote 9 del plano de subdivisión del predio agrícola “Santa Lucia” que corresponde a la Hijuela Sexta de Bucalemu y en los Lotes 1, 2, 3 y 4 resultantes del plano de subdivisión del predio rústico denominado “Santa Lucia” ubicados en la comuna de Santo Domingo, provincia de San Antonio, Región de Valparaíso; y ii) mediante la capitalización de las utilidades sociales acumuladas de la Sociedad; en ambos casos, en las proporciones que a continuación se indican: en un 8,340%, aportado por doña María Valentina Larraín Bunster; en un 4,165%, aportado por doña María Alejandra Orrego Larraín, en un 4,165%, aportado por doña María Valentina Orrego Larraín, en un 4,165%, aportado por don Claudio Benjamín Orrego Larraín; en un 4,165%, aportado por doña María Francisca Orrego Larraín; en un 6,497%, aportado por don Francisco Orrego Bauzá; en un 5,509%, aportado por doña María Soledad Bauzá González, en un 6,497%, aportado por doña María Macarena Orrego Bauzá; en un 6,497%, aportado por doña María Soledad Orrego Bauzá; en un 2,777%, aportado por doña Mariana Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Fernando Tomás Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña María Cristina Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña María José Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Santiago Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña Teresa Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Germán José Enrique Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Cristóbal Orrego Sánchez; en un 8,333%, aportado por doña María Teresa Errázuriz Orrego; en un 8,333%, aportado por don Alfonso Errázuriz Orrego y en un 8,333%, aportado por don Diego Errázuriz Orrego”. (2) Retiro de Socios y disminución de capital. Asimismo, con la anuencia de todos los socios se retiran de la Sociedad los señores (i) Mariana Orrego Sánchez, (ii) Fernando Tomás Orrego Sánchez, (iii) María Cristina Orrego Sánchez, (iv) María José Orrego Sánchez, (v) Santiago Orrego Sánchez, (vi) María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (vii) Teresa Orrego Sánchez, (viii) Germán José Enrique Orrego Sánchez, (ix) Cristóbal Orrego Sánchez, (x) María Alejandra Orrego Larraín, (xi) María Valentina Orrego Larraín, (xii) María Valentina Larraín Bunster, (xiii) Claudio Benjamín Orrego Larraín, (xiv) María Francisca Orrego Larraín, (xv) María Teresa Errázuriz Orrego, (xvi) Alfonso Errázuriz Orrego y (xvii) Diego Errázuriz Orrego; retiro que se materializa mediante la respectiva disminución de capital. Como consecuencia de lo anterior, los Socios Continuadores vienen en acordar disminuir el capital social, desde la cantidad de $93.515.121 a la cantidad de $23.378.779, esto es, en la cantidad de $70.136.342. En virtud de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $23.378.779, que los socios han aportado y pagado íntegramente en la forma y proporciones que a continuación se indican: /a/ doña Francisco Orrego Bauzá, la cantidad total de $6.075.677 equivalentes al 24,988% de los derechos sociales; /b/ doña María Soledad Bauzá González, la cantidad total de $5.151.748 equivalentes al 22,036% de los derechos sociales; c) doña María Macarena Orrego Bauzá, la cantidad total de $6.075.677 equivalentes al 25,988% de los derechos sociales; y d) doña María Soledad Orrego Bauzá, la cantidad total de $6.075.678 equivalentes al 25,988% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 05 de febrero de 2024.-