COMERCIAL, INDUSTRIAL, TRANSPORTE E INMOBILIARIA PRONTO GAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2024
- Repertorio
- 834-2024
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaria
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial, industrial e inmobiliaria en sus formas más amplias y por cuenta propia o ajena y, en especial, comprar, vender, comercializar dar y recibir en consignación, importar, exportar, distribuir, subdistribuir al por mayor al detalle o a granel, gas licuado y cualquier derivado de hidrocarburos envasado o granel o en cualquiera otra forma, y de toda clase de bienes muebles relacionas en o para esta industria, en especial cilindros, estanques, mangueras, reguladores, artículos, equipos, insumos, instrumentos, suministros, repuestos, accesorios, nuevos o usados, de uso industrial o domiciliario; fabricar, montar y terminar toda clase de artículos partes, piezas y equipos; embalar trasladar y transportar dentro y fuera del país toda clase de bienes y personas, por via terrestre marítima o aérea o de cualquiera otra forma, en vehículos o naves propios o de o por terceros, tomados en arriendo o en leasing o por cualquier otro acto o convención, o bien, por cuenta propia o ajena o por terceros; y en general cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa o todo tipo de negocios que los socios acuerden, sean estas relacionas directa o indirectamente con las actividades anteriores, y podrá, además, crear modificar o asociarse en sociedades de cualquier tipo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública Repertorio 834-2024, de fecha 08 de febrero de 2024, ante mí: doña YOVANNA ANDREA SOTTOLICHIO NEGRETE, don RUBEN IGNACIO SOTTOLICHIO NEGRETE, y don RUBEN ALBERTO SOTTOLICHIO MARCHANT, todos con domicilio en Avenida Las Américas N° 670, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, transforman y convierten la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL, INDUSTRIAL, TRANSPORTE Y INMOBILIARIA PRONTO GAS LIMITADA” también conocida como “PRONTOGAS LTDA.”, a una sociedad por acciones y cuya razón social será "COMERCIAL, INDUSTRIAL, TRANSPORTE E INMOBILIARIA PRONTO GAS SpA”, la que podrá usar el nombre de fantasía de “PRONTOGAS SpA”. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial, industrial e inmobiliaria en sus formas más amplias y por cuenta propia o ajena y, en especial, comprar, vender, comercializar dar y recibir en consignación, importar, exportar, distribuir, subdistribuir al por mayor al detalle o a granel, gas licuado y cualquier derivado de hidrocarburos envasado o granel o en cualquiera otra forma, y de toda clase de bienes muebles relacionas en o para esta industria, en especial cilindros, estanques, mangueras, reguladores, artículos, equipos, insumos, instrumentos, suministros, repuestos, accesorios, nuevos o usados, de uso industrial o domiciliario; fabricar, montar y terminar toda clase de artículos partes, piezas y equipos; embalar trasladar y transportar dentro y fuera del país toda clase de bienes y personas, por via terrestre marítima o aérea o de cualquiera otra forma, en vehículos o naves propios o de o por terceros, tomados en arriendo o en leasing o por cualquier otro acto o convención, o bien, por cuenta propia o ajena o por terceros; y en general cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa o todo tipo de negocios que los socios acuerden, sean estas relacionas directa o indirectamente con las actividades anteriores, y podrá, además, crear modificar o asociarse en sociedades de cualquier tipo. Capital: $2.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, y de igual valor entre ellas suscritas y pagadas antes del acto de constitución. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de febrero de 2024.