Inversiones La Puntilla SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2024
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Uno) La inversión, reinversión, compra, venta, adquisición, enajenación, a cualquier título, de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, facturas, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; administrar, comercializar dichas rentas y percibir sus frutos. Dos) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes, en especial bienes raíces, urbanos y agrícolas, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier tipo de negocios lícitos que el o los accionistas acuerden y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, Certifica: Por escritura suscrita de fecha 6 de febrero de 2024 ante mí, don Cristián Andrés Buzeta Roach, abogado, cédula de identidad número 6.929.081-7, domiciliado en calle Badajoz N°100, oficina 1213, comuna de Las Condes, constituyó sociedad por acciones. Razón Social: “Inversiones La Puntilla SpA”. Objeto: Uno) La inversión, reinversión, compra, venta, adquisición, enajenación, a cualquier título, de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, facturas, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; administrar, comercializar dichas rentas y percibir sus frutos. Dos) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes, en especial bienes raíces, urbanos y agrícolas, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier tipo de negocios lícitos que el o los accionistas acuerden y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado al contado en dinero efectivo en el acto de constitución. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 08 de febrero de 2024.