FERRETERIA ROBIN SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de febrero de 2024
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- agrupación de las comunas de Temuco
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por don JUAN MANUEL ROBIN JAMADE, quien la representará con las facultades establecidas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco, con oficio en calle Antonio Varas novecientos setenta y seis, de la ciudad de Temuco, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha cinco de febrero de dos mil veinticuatro, comparecieron ante mí, don JAIME ROBIN BORNAND, chileno, medico veterinario, divorciado, cédula de identidad número seis millones seiscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y uno guión dos, domiciliado en calle Caupolicán s/n, comuna de Pitrufquén; y don JUAN MANUEL ROBIN JAMADE, chileno, casado y separado de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos quince mil doscientos setenta y dos guión K, domiciliado en calle Loteos Los Maitenes, Parcela cinco, de la ciudad y comuna de Villarrica, y expusieron: Que según escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada de fecha once de enero del año dos mil diecinueve, otorgada ante Notario Público don Jorge Elias Tadres Hales, con asiento en la ciudad de Temuco, e inscrita en el Libro Repertorio con el número trescientos seis del año dos mil diecinueve, don Jaime Robin Bornand y don Juan Manuel Robin Jamade, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “FERRETERIA ROBIN LIMITADA”, cuyo extracto fue inscrito con fecha veinticinco de enero de dos mil diecinueve, a fojas noventa y nueve, número sesenta y cuatro, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil diecinueve, y publicado en el diario oficial con fecha veintiuno de enero del año dos mil diecinueve.- CESIÓN DE DERECHOS. don JAIME ROBIN BORNAND vendió, cedió y transfirió a don JUAN MANUEL ROBIN JAMADE, quien compró y aceptó para sí, la totalidad de las acciones y derechos de que es dueño el cedente en la sociedad individualizada precedentemente, equivalente al CINCUENTA POR CIENTO del capital social.- El precio de la cesión fue la suma total de TREINTA MILLONES DE PESOS, que el cesionario paga al cedente, en seis cuotas mensuales iguales y sucesivas de cinco millones de pesos cada una dentro de los primeros cinco días de cada mes a contar del mes de marzo de dos mil veinticuatro, declarando el cedente su más entera conformidad, no teniendo objeción alguna que formular al respecto, renunciando a la acción resolutoria que pudiere emanar por este concepto.- TRANSFORMACIÓN EN SOCIEDAD POR ACCIONES: Don JUAN MANUEL ROBIN JAMADE, transforma la naturaleza jurídica de la sociedad Ferretería Robin Limitada, de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, que a continuación se extracta: La sociedad será una sociedad por acciones de acuerdo con las estipulaciones de la escritura extractada y conforme a las disposiciones contenidas en los artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, incorporadas por la Ley veinte mil ciento noventa de fecha cinco de junio del año dos mil siete.- El nombre o razón social de la sociedad será FERRETERIA ROBIN SpA.- El objeto de la sociedad será. a).- La compraventa, comisión, consignación, distribución, representación, y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, insumos agrícolas, agropecuarios, productos materiales para la Construcción, terminaciones y artículos de ferretería y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en último caso, en tiendas almacenes y otros establecimientos similares de las sociedades o de terceros; y b).- La compra, venta distribución y comercialización al por mayor o al detalle de frutos y productos agrícolas y veterinarios, la importación y exportación de los mismos, como también productos químicos e insumos, toda clase de productos y mercaderías, destinados a la producción agrícola y veterinaria y, en general, cualquier otro acto o contrato que los socios acuerden y que diga relación directa o indirecta con su objeto y en general, toda actividad relacionada con la profesión de médico veterinario.- El capital social de la sociedad es la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, que se divide en cien acciones nominativas, de igual valor de seiscientos mil pesos, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, y que han quedado completamente pagadas por el suscriptor de ellas en este acto y en su totalidad, quedando de esta manera completamente suscrito y pagado dicho capital social.- La duración de la sociedad será indefinida. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Régimen de Administración. La administración de la sociedad será ejercida por don JUAN MANUEL ROBIN JAMADE, quien la representará con las facultades establecidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 09 de febrero de 2024.