Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2023
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33a Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos número 979, oficina 501, Santiago Centro, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2023, bajo repertorio número 19.455-2023, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, Benjamín Bustos Plass, Carlos José Stevenson De La Taille Tretinville y Jorge Ernesto De La Carrera Vizcaya constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: CERRO EL PLOMO SpA; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la gestión de toda clase de activos físicos e intangibles abarcando el ciclo de vida en todas sus fases, como son la planificación, adquisición, operación, mantenimiento, desmantelamiento y enajenación, para la optimización del rendimiento operacional, comercial y financiero; b) realizar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y, en especial, respecto de la compra, venta, adquisición, explotación e inversiones en cualquier clase de valores especialmente acciones, opciones a la compra y venta de acciones, derechos sociales, opciones a la compra y venta de derechos sociales, bonos, letras de cambio, debentures, depósitos bancarios, cuotas de fondos mutuos, cuotas de participación en fondos de inversión privados, cuotas de participación de fondos de inversión rescatables y no rescatables, planes de ahorro, efectos de comercio y en general, todo título transferible de crédito o inversión; c) la prestación de asistencia técnica, de asesoría y servicios financieros, económicos, comercial y administrativos a toda clase de personas, naturales o jurídicas, privadas o públicas; d) asumir y ejercitar todo tipo de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; constituir y participar en sociedades de cualquier tipo sean éstas colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, cualquiera sea su objeto; y, e) en general, cualquier otra actividad de cualquier naturaleza que el o los accionistas acuerden, sean económicas, jurídicas, financieras, civiles o comerciales y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. Podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines; Capital: $1.000.000, dividido en diez mil una acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, el que se suscribe parcialmente y paga en dinero efectivo, en este mismo acto de la siguiente forma: /Uno/ Benjamín Bustos Plass, suscribe y paga en este acto dos mil ochocientas veintiséis acciones de la Sociedad, por un total de doscientos ochenta y dos mil seiscientos diecisiete pesos; /Dos/ Carlos José Stevenson De La Taille Tretinville, suscribe y paga en este acto dos mil ochocientas veintiséis acciones de la Sociedad, por un total de doscientos ochenta y dos mil seiscientos diecisiete pesos; /Tres/ Jorge Ernesto De La Carrera Vizcaya, suscribe y paga en este acto dos mil ochocientas veintiséis acciones de la Sociedad, por un total de doscientos ochenta y dos mil seiscientos diecisiete pesos; y /Cuatro/ mil quinientas veintitrés acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal de la Sociedad se encuentran pendientes de suscripción y pago, las que deberán ser suscritas en el plazo de tres años a contar del día treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de febrero de 2024.