AGRÍCOLA FELIPE RODRÍGUEZ LABBÉ E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 92233-2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2ª Notaría de Santiago, don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2023, Repertorio N°92.233-2023, ante el suplente Benjamín Castillo Montalvo, don SEBASTIÁN PABLO RODRÍGUEZ BONILLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. N°13.549.162-4; don FELIPE PATRICIO RODRÍGUEZ BONILLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, técnico agrícola, C.I. N°12.722.793-4; y doña FRANCISCA JOSÉ RODRÍGUEZ BONILLA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora, C.I. N°15.379.304-2, todos con domicilio para estos efectos, en Raúl Labbé N°12.150, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, todos los anteriores comparecen por sí y en su calidad de únicos comuneros de la SUCESIÓN DE DOÑA MARÍA INÉS DE LAS MERCEDES BONILLA SMITMANS; exponen: Que vienen en fusionar las sociedades “FORESTAL EL PATAGUAL DE CABIMBAO LIMITADA”, “INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS HUALTATAS LIMITADA”, “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PATRICIO LIMITADA” e “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA INÉS LIMITADA”, en “AGRÍCOLA FELIPE RODRÍGUEZ LABBÉ E HIJOS LIMITADA”, de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes y a las declaraciones y estipulaciones indicadas en la escritura extractada: Antecedentes legales de las sociedades. A. “AGRÍCOLA FELIPE RODRÍGUEZ LABBÉ E HIJOS LIMITADA”, RUT N°76.037.737-6, fue constituida por escritura pública de fecha 25 de septiembre del año 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto fue inscrito a fojas 46.286, N°31.878 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008, y publicado en la edición del Diario Oficial del día 11 de octubre del mismo año. B. “FORESTAL EL PATAGUAL DE CABIMBAO LIMITADA”, RUT N°77.139.580-5, fue constituida por escritura pública de fecha 13 de enero del año 1998, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, cuyo extracto fue inscrito a fojas 2.238, N°1.742 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1998, y publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de enero del mismo año. C. “INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS HUALTATAS LIMITADA”, RUT N°78.572.200-0, fue constituida por escritura pública de fecha 01 de septiembre de 1994, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, cuyo extracto fue inscrito a fojas 20.787, N°17.002 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, y publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de septiembre del mismo año. D. “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PATRICIO LIMITADA”, RUT N°78.487.060-K, fue constituida por escritura pública de fecha 31 de enero de 1994, suscrita en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, cuyo extracto fue inscrito a fojas 2.412, N°1.983 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, y publicado en el Diario Oficial de fecha 09 de febrero del mismo año. E. “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA INÉS LIMITADA”, RUT N°78.487.050-2, fue constituida por escritura pública de fecha 31 de enero de 1994, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, cuyo extracto fue inscrito a fojas 2.414, N°1.985 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, y publicado en el Diario Oficial de fecha 03 de febrero del mismo año. Los comparecientes, acuerdan fusionar las sociedades “FORESTAL EL PATAGUAL DE CABIMBAO LIMITADA”, “INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS HUALTATAS LIMITADA”, “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PATRICIO LIMITADA”, e “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA INÉS LIMITADA”, en “AGRÍCOLA FELIPE RODRÍGUEZ LABBÉ E HIJOS LIMITADA”. Como consecuencia de la fusión por absorción acordada, se disuelven las sociedades “FORESTAL EL PATAGUAL DE CABIMBAO LIMITADA”, “INMOBILIARIA E INVERSIONES LAS HUALTATAS LIMITADA”, “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PATRICIO LIMITADA”, e “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA INÉS LIMITADA”, sin que sea necesario proceder a su liquidación, y cuyos patrimonios quedan radicados definitivamente en la sociedad absorbente. En virtud de la referida fusión, aumenta el capital de la continuadora legal de $8.000.000.- a $1.132.988.106.-, modificando los estatutos de “AGRÍCOLA FELIPE RODRÍGUEZ LABBÉ E HIJOS LIMITADA”, en particular, la cláusula QUINTO de los estatutos sociales, por el siguiente tenor: “QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de mil ciento treinta y dos millones novecientos ochenta y ocho mil ciento seis pesos, ya enterados e ingresados en la caja social y distribuido entre sus socios de la siguiente manera: a) don SEBASTIÁN PABLO RODRÍGUEZ BONILLA, con un treinta y dos coma ochenta y nueve por ciento de los derechos sociales y patrimonio social; b) don FELIPE PATRICIO RODRÍGUEZ BONILLA, con un treinta y dos coma ochenta y nueve por ciento de los derechos sociales y patrimonio social; c) doña FRANCISCA JOSÉ RODRÍGUEZ BONILLA, con un treinta y dos coma ochenta y nueve por ciento de los derechos sociales y patrimonio social; y d) la SUCESIÓN DE DOÑA MARÍA INÉS DE LAS MERCEDES BONILLA SMITMANS, con un uno coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales y patrimonio social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.”. Para todos los efectos legales, los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, quedan radicados en la sociedad absorbente, y en particular para efectos de los preceptuado en el artículo 69 del Código Tributario. Asimismo, los únicos y actuales socios de “AGRÍCOLA FELIPE RODRÍGUEZ LABBÉ E HIJOS LIMITADA” acuerdan modificar en lo pertinente, la cláusula SEXTO de los estatutos sociales, referida a la administración de la sociedad, en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Felipe Patricio Rodríguez Bonilla, don Sebastián Pablo Rodríguez Bonilla y a doña Francisca José Rodríguez Bonilla, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, con todas aquellas facultades que se individualizan en los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2024. R. PINARES. A. N.S.