SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES NASOXA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2024
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público TITULAR de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, ante mí comparece, don MARIO IGNACIO ARRIETA HERRERA; doña XAVIERA VICTORIA ARRIETA ROSANOFF; doña ANASTASIA DE FÁTIMA ROSANOFF MASAFIERRO por sí y en representación de doña SOFÍA CATALINA ARRIETA ROSANOFF, todos domiciliados en Las Malvas seiscientos ochenta y seis, departamento seiscientos dos, Las Condes, Región Metropolitana, quienes vienen en modificar SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES NASOXA LIMITADA, inscrita a fojas cincuenta y un mil veintinueve número veintitrés mil seiscientos cinco en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veintiuno, en sentido que todos los socios modifican los estatutos sociales, específicamente el Artículo Primero, modificando la razón social de la sociedad, pasando a llamarse “AGRÍCOLA NASOXA LIMITADA” pudiendo usar también, para fines comerciales, bancarios y publicitarios el nombre de fantasía “NASOXA LTDA”. Asimismo, todos los socios modifican el Artículo Segundo de los estatutos sociales, modificando el objeto social de la sociedad, quedando, en definitiva: a) El cultivo, producción, elaboración, transformación, importación, exportación, compra, venta, comercialización, o distribución de todo y cualquier tipo de productos agrícolas, sean estos frutícolas, hortofrutícolas o ganaderos; b) La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena; c) la transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación; d) la producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro y la prestación de cualquier servicio de fomento agropecuario, pudiendo efectuar todo tipo de inversiones, especialmente constituir toda clase de sociedades para tal efecto, cualquiera que sea su objeto social, como también realizar toda clase de actividades, negocios y operaciones, que de manera directa o indirecta, se relacionen con las referidas finalidades; e) la prestación de todo tipo de servicios o asesoría relacionadas con cualquiera de los objetos ya señalados; f) la representación de todo tipo de empresas, nacionales o extranjeras, relativas a los mismos objetos ya indicados; g) La prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenos y en general, la realización de todo acto que tenga relación directa o indirectamente con la actividad agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera y avícola que acuerden los socios y en general, la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de enero de 2024.