MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DISTRIBUIDORA ORA LIMITADA

RUT 76414188-1 CVE 2451257
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de enero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de enero de 2024
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3001, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 26 de enero 2024, ante mí, INVERSIONES Y SERVICIOS AMANECER LIMITADA, ROBERTO QUINTO EYZAGUIRRE BARAONA, ambos domiciliados en camino La Capellanía N°1782, Lo Barnechea; y JUAN PABLO EYZAGUIRRE CLARO, domiciliado en calle Mar Jónico N°811, depto 203, Vitacura, modificaron la sociedad “DISTRIBUIDORA ORA LIMITADA”, inscrita originalmente a fojas 82.007 N°50.004 Registro de Comercio Santiago 2014, en lo siguiente: 1) Se modificó la razón social por el siguiente: La razón social será G2 GESTIÓN INMOBILIARIA INTEGRAL LIMITADA, pudiendo funcionar ante todo tipo de instituciones, sean pública, semipúblicas o privadas, Bancos e Instituciones Financieras, Servicios de Impuestos Internos, Tesorería General de la República e incluso signar boletas tributarias. 2) Se modificó la administración, representación y uso de la razón social por el siguiente: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistinta y unipersonal a cualquiera de los socios señores Roberto Quinto Eyzaguirre Baraona y Juan Pablo Eyzaguirre Claro, con facultades señaladas en la escritura extractada. 3) Inversiones y Servicios Amanecer Limitada a través de su representante, vende, cede y transfiere, el 50% de sus derechos sociales y propiedad de la compañía a don Juan Pablo Eyzaguirre Claro, en precio y condiciones de pago indicadas en la escritura extractada. 4) Inversiones y Servicios Amanecer Limitada a través de su representante, vende, cede y transfiere, el 30% de sus derechos sociales y propiedad de la compañía don Roberto Quinto Eyzaguirre Baraona en precio y condiciones de pago indicadas en la escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones señaladas, se retira de la sociedad Inversiones y Servicios Amanecer Limitada, quedando las participaciones sociales distribuidas del modo siguiente: a) Roberto Quinto Eyzaguirre Baraona, con un 50% de las participaciones sociales totales y propiedad de la compañía; b) Juan Pablo Eyzaguirre Claro, con un 50% de las participaciones sociales totales y propiedad de la compañía. 5) Se modificó el artículo cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente nuevo: “ARTICULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.000.000, que los socios han pagado y enterado en dinero efectivo a la caja social con anterioridad, y el que se distribuye entre sus socios en las siguientes cantidades y porciones: a) Roberto Quinto Eyzaguirre Baraona, aporta la cantidad de un millón de pesos, lo que equivale, al 50% del capital social y propiedad de la presente compañía; y b) Juan Pablo Eyzaguirre Claro, aporta la cantidad de un millón de pesos, lo que equivale, al 50% del capital social y propiedad de la presente compañía. De esta forma el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. 6) Se modificó el objeto social por el siguiente: El objeto social será: A) efectuar inversiones permanentes o de renta en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales. Para estos efectos la Sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios, títulos de crédito de cualquier tipo, y percibir sus frutos y rentas; B) Exportar, importar, distribuir y comercializar en todas sus formas, todo tipo de bienes, especialmente bebidas y alimentos para el consumo humano; C) Adquirir, vender, permutar, arrendar, administrar y comercializar, todo tipo de franquicias, derechos, royalty, marcas comerciales, licencias, representación de productos de todo tipo, y otros; D) Realizar inversiones de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, tangibles e intangibles; E) Efectuar inversiones para formar, integrar, participar en todo tipo de sociedades o empresas, nacionales o extranjeras que explotan un giro similar a los anteriores y que sean de interés para la Sociedad; y, en general, cualquier actividad relacionada con las anteriores; F) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; G) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora; y H) Todo otro negocio relacionado o no con los anteriores, que los socios acuerden, sin limitación alguna”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 06 de Febrero de 2024.