Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2024
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña VALERIA PATRICIA OROZCO JERÉZ, y don JUAN PABLO GOMEZ PIZARRO, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima y la ejercerán personalmente y anteponiendo sus firmas a la razón social representando a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: por escritura pública 31 Enero 2024, ante mí, doña VALERIA PATRICIA OROZCO JEREZ, y don JUAN PABLO GÓMEZ PIZARRO, constituyen Sociedad Por Acciones.-La sociedad girará bajo la denominación de “CLÍNICA DE ALIMENTACIÓN Y DEGLUCIÓN SpA” cuyo nombre de fantasía será “CLÍNICA DE ALIMENTACIÓN Y DEGLUCIÓN SpA”. Son socios los constituyentes antes individualizados. El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: a) El objeto de la sociedad será: a) Centro médico y de salud enfocado en la rehabilitación de personas y pacientes que presenten dificultades en su proceso de deglución y alimentación, provenientes de toda clase de patologías; b) la prestación de servicios de salud relacionados con la fonoaudiología, en especial, el diagnóstico y la rehabilitación de trastornos de la cognición, lenguaje, habla, audición, deglución y voz; c) Prestación de servicios en materia kinesiológica, terapia ocupacional así como la recuperación y rehabilitación, bajo indicación médica y d)todos aquellos actos y contratos, así como cualquier otra actividad o negocio que se decida a futuro o que los accionistas de común acuerdo resuelvan. El capital de la sociedad es de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: Uno) Doña VALERIA PATRICIA OROZCO JEREZ, suscribe, entera y paga 500 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $500.000, capital el cual es pagado y suscrito en dinero en efectivo y en el presente acto; don JUAN PABLO GÓMEZ PIZARRO, suscribe, entera y paga 500 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $500.000, capital el cual es pagado y suscrito en dinero en efectivo y en el presente acto. De esta forma queda totalmente suscrito y pagado en este acto la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña VALERIA PATRICIA OROZCO JERÉZ, y don JUAN PABLO GOMEZ PIZARRO, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima y la ejercerán personalmente y anteponiendo sus firmas a la razón social representando a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de Febrero de 2024.-