TRANSPORTES DE PASAJEROS BALLOTTA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2024
- Notario
- RODRIGO WUNKHAUS RIGART
- Oficio
- Octava Notaría de Concepción con asiento en Chiguayante
- Comuna
- Concepción con asiento en Chiguayante
Sociedad
- Capital
- $27.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEXTRACTOEN CHIGUAYANTE, REPUBLICA DE CHILE, a uno de Febrero del año dos mil veinticuatro, ante mí, RODRIGO WUNKHAUS RIGART, Abogado, Notario Público Interino de la Octava Notaría de Concepción con asiento en Chiguayante, según decreto de nombramiento número ciento tres de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción de fecha veintidós de Mayo de dos mil veintitrés y juramento de igual fecha, ambos protocolizados en este oficio el mismo día, bajo el número cuatrocientos cuarenta y uno, cédula de identidad número diez millones setecientos mil trescientos veintiuno guión cinco, chileno, casado, con Oficio y domicilio en Chiguayante, Avenida Bernardo O’Higgins número dos mil doscientos veintiocho, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de Enero de 2024, otorgada ante mí, don Roberto Joaquín Coello Solar, Abogado, C.I. 6.213.326-0 procedió a rectificar la escritura de modificación de la sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES DE PASAJEROS BALLOTTA Y COMPAÑÍA LIMITADA otorgada ente mí con fecha 30 de Noviembre de 2023, con extracto inscrito a fojas 2323 vta, N° 1551 en el Registro de Comercio de Concepción del año 2023, y publicado en el Diario Oficial con fecha 18 de Diciembre de 2023.- El capital social es de $27.000.000,- La rectificación es la siguiente: UNO).En la Cláusula Quinta, letra d), donde dice: El socio ALEX HERMINO BALLOTTA LAGAZZI ya había aportado originalmente la suma de $2.000.000,-, debe decir: El socio ALEX HERMINIO BALLOTTA LAGAZZI ya había aportado originalmente la suma de $2.000.000,-; DOS).En la Cláusula Quinta donde dice: la socia Linia Ivonne Ballotta Lagazzi ha aportado el 12,962 %, debe decir: la socia Lina Ivonne Ballotta Lagazzi ha aportado el 12,962 %.- La facultad del compareciente para rectificar consta en la Cláusula Novena de la escritura de modificación social otorgada ante mí con fecha 30 de Noviembre de 2023.- Demás estipulaciones en la escritura rectificatoria.- Chiguayante, uno de Febrero del año dos mil veinticuatro.