Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2024
- Repertorio
- 440
- Notario
- JOSE MARCELO ADASME BRAVO
- Oficio
- Segunda Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Romeral
- Duración
- 10 años a partir esta fecha de suscripción presente escritura y si al final del referido periodo los accionistas nada señalan respecto de poner término a sociedad con a lo menos 6 meses antes de su término se entenderá prorrogada por periodos iguales
Objeto social
a) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, viveros, producción frutícola, vinícola, la compra, venta y exportación de la producción propia; b) Explotación de predios agrícolas, ya sea, como propietario, arrendatario o a cualquier título ya sea por cuenta propia o ajena. No obstante, lo anterior, con el solo acuerdo de los socios se podrá ampliar el giro de la sociedad a cualquier otro, siempre que no contravenga la Ley y la costumbre mercantil
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE MARCELO ADASME BRAVO, Abogado, Notario Público Interino Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura suscrita hoy ante mi, Repertorio 440, MARIA TERESA GONZALEZ PALAVICINO, constituyó una sociedad por acciones. Razón Social: “AGRICOLA MARIA TERESA SpA”, nombre fantasía “AGROTERE SpA”. Objeto: a) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, viveros, producción frutícola, vinícola, la compra, venta y exportación de la producción propia; b) Explotación de predios agrícolas, ya sea, como propietario, arrendatario o a cualquier título ya sea por cuenta propia o ajena. No obstante, lo anterior, con el solo acuerdo de los socios se podrá ampliar el giro de la sociedad a cualquier otro, siempre que no contravenga la Ley y la costumbre mercantil. Capital: $10.000.000.-, que se dividen en 100 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, que se suscribe y paga siguiente forma: $2.500.000) en este acto al contado y en dinero en efectivo; y $7.500.000.- se aportarán de acuerdo a necesidades sociales, plazo 3 años siguientes a esta fecha. QUINTO: Duración: 10 años a partir esta fecha de suscripción presente escritura y si al final del referido periodo los accionistas nada señalan respecto de poner término a sociedad con a lo menos 6 meses antes de su término se entenderá prorrogada por periodos iguales. Domicilio: Romeral, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o extranjero. Administración Sociedad: será ejercida por MARIA TERESA GONZALEZ PALAVICINO, amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 31 enero 2024.-