Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2024
- Repertorio
- 468
- Notario
- JOSE MARCELO ADASME BRAVO
- Oficio
- Segunda Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Romeral
- Duración
- 10 años a contar esta fecha y si al final del referido periodo los accionistas nada señalan respecto de poner término a sociedad con a lo menos 6 meses antes de su término se entenderá prorrogada por periodos iguales
Objeto social
a) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción frutícola, vinícola, la compra, venta y exportación de la producción propia; b) Explotación de predios agrícolas, ya sea, como propietario, arrendatario o a cualquier título ya sea por cuenta propia o ajena. No obstante, lo anterior, con el solo acuerdo de los socios se podrá ampliar el giro de la sociedad a cualquier otro, siempre que no contravenga la Ley y la costumbre mercantil
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE MARCELO ADASME BRAVO, Abogado, Notario Público Interino Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura suscrita hoy ante mi, Repertorio 468, RODRIGO SEBASTIAN MENARES VIDAL, constituyó una sociedad por acciones, Razón Social: “AGRICOLA LA PUERTA DE AMPURDAN SpA”, nombre fantasía “LA PUERTA DE AMPURDAN SpA”. Objeto: a) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción frutícola, vinícola, la compra, venta y exportación de la producción propia; b) Explotación de predios agrícolas, ya sea, como propietario, arrendatario o a cualquier título ya sea por cuenta propia o ajena. No obstante, lo anterior, con el solo acuerdo de los socios se podrá ampliar el giro de la sociedad a cualquier otro, siempre que no contravenga la Ley y la costumbre mercantil. Capital: $10.000.000.-, que se dividen en 100 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, que se suscribe y paga siguiente forma: $2.500.000) en este acto al contado y en dinero en efectivo; y $7.500.000.- se aportarán de acuerdo a necesidades sociales, plazo 3 años siguientes a esta fecha. Duración: 10 años a contar esta fecha y si al final del referido periodo los accionistas nada señalan respecto de poner término a sociedad con a lo menos 6 meses antes de su término se entenderá prorrogada por periodos iguales. Domicilio: Romeral, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o extranjero. Administración Sociedad: será ejercido por RODRIGO SEBASTIAN MENARES VIDAL, amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 01 febrero 2024.-