MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INGENIERIA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS LIMITADA

RUT 76948521-K CVE 2450132
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de enero de 2024
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
27 de enero de 2024
Notario
Alejandro Viada Ovalle
Oficio
Sexta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Viada Ovalle, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de enero del año 2024, ante don Diego Matias Tello Perez, Suplente del Titular don Alejandro Viada Ovalle, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, don ARIEL GILBERTO EGAÑA ROJAS, empresario, C.I.N°10.326.671-8, domiciliado en Gerónimo Méndez 2060, comuna de Coquimbo, don ALEJANDRO ANDRÉS URQUIETA ARAVENA, ingeniero civil en obras civiles, C.I.N°15.395.765-7, domiciliado en Peñuelas Norte N°186, Coquimbo, y don FELIPE HERNÁN JOFRE VIGORENA, ingeniero constructor, C.I.N°18.986.773-5, domiciliado en Ignacio Loyola N°688, Ovalle, modificaron la “SOCIEDAD INGENIERIA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS LIMITADA” o “INGENIERIA INCOP LTDA.”, RUT 76.948.521-K, en el siguiente sentido: 1) Cesión de derechos de don ALEJANDRO ANDRÉS URQUIETA ARAVENA a don ARIEL GILBERTO EGAÑA ROJAS, quien adquiere un 25% de la totalidad de los derechos sociales. 2) Cesión de derechos de don ALEJANDRO ANDRÉS URQUIETA ARAVENA a don FELIPE HERNÁN JOFRE VIGORENA, quien adquiere un 5% de la totalidad de los derechos sociales. Quedan como únicos socios de la sociedad don ARIEL GILBERTO EGAÑA ROJAS y don FELIPE HERNÁN JOFRE VIGORENA, en la proporción de un 95% de los derechos sociales para el primero y un 5% de los derechos sociales para el segundo. 3) Modificación de los Estatutos sociales: UNO) Se modificó el ARTÍCULO QUINTO, en cuanto la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don ARIEL GILBERTO EGAÑA ROJAS, con todas las facultades señaladas en pacto social, DOS) Se modificó la cláusula SEXTA del capital social, en el sentido de señalar que el capital social será la suma de $50.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Don ARIEL GILBERTO EGAÑA ROJAS, aporta $47.500.000 en dinero en efectivo e ingresado a la caja social, y don FELIPE HERNÁN JOFRE VIGORENA aporta $2.500.000 en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; y TRES) Se agrega una nueva cláusula al pacto social denominada “DÉCIMO QUINTO BIS”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. La Serena 01 de Febrero del año 2024.-