MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MEDICOS CUEVAS JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76743585-1 CVE 2449580
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de enero de 2024

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2024
Repertorio
717-2024
Notario
RAMON GARCIA CARRASCO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMON GARCIA CARRASCO, abogado, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo N° 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de Enero de 2024, Repertorio N°717-2024, ante doña Olaya Ferrada Garrido, Notario Suplente de este Oficio don JUAN CARLOS OCHOA SEPULVEDA, abogado, casado, cédula de identidad N° 11.496.280-5, Tucapel 340, departamento 3C, Concepción, compareció en representación de JOSE LUIS CUEVAS JARA, chileno, médico cirujano, casado y separado totalmente de bienes, C.I. 8.702.797-K; CARMEN GLORIA CORTES CASTILLO, chilena, comerciante, casada y separada de bienes, C.I. 10.608.146-8; FRANCISCA MACARENA TRIVIÑO CORTES, chilena, educadora diferencial, soltera, C.I. 18.805.394-7; CLAUDIA PAULINA TRIVIÑO CORTES, chilena, nutricionista, soltera, C.I. 17.298.271-9; FABIOLA BELEN CUEVAS CORTES, chilena, estudiante, soltera, C.I. 21.736.183-4, todos Avenida 21 de Mayo número 2.317, depto. 401, comuna de Concepción; y PABLO ALEXIS CUEVAS SEGUEL, chileno, médico cirujano, soltero, C.I. 18.102.444-5, domicilio Eduardo Barrios número 8.841, Villa Maitén, comuna de Hualpén; el compareciente chileno y mayor de edad, sanea vicios formales en virtud de la Ley 19.499.-. Por escritura pública otorgada con fecha 31 de octubre de 2023, en la Notaría Pública de Concepción de don Ramón García Carrasco, Repertorio número 12.463-2023, cuyo extracto fue publicado con fecha 20 de diciembre de 2023, en el Diario Oficial número 43.730, CVE 2424563, don JOSE LUIS CUEVAS JARA; doña CARMEN GLORIA CORTES CASTILLO; doña FRANCISCA MACARENA TRIVIÑO CORTES; doña CLAUDIA PAULINA TRIVIÑO CORTES; doña FABIOLA BELEN CUEVAS CORTES; y don PABLO ALEXIS CUEVAS SEGUEL, todos ya individualizados, como únicos socios y dueños, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada SERVICIOS MEDICOS CUEVAS JARA Y COMPAÑÍA LIMITADA, la cual se constituyó mediante escritura pública de fecha 30 de marzo de 2017, Repertorio número 1.768, otorgada ante el notario público de Concepción don Juan Espinosa Bancalari. El extracto de dicho instrumento fue publicado en el Diario Oficial número 41.736, de fecha 18 de abril de 2017, e inscrito en el Registro de Comercio de Concepción a fojas 984, número 815, correspondiente al año 2017. El rol único tributario de la sociedad es el número 76.743.585-1, y su capital es de $2.000.000.-. La modificación de que da cuenta la escritura indicada, consistió en la Enajenación de derechos sociales, texto que da cuenta dicha escritura en su cláusula segunda: “Don JOSE LUIS CUEVAS JARA, ya individualizado, dueño actual del treinta y cinco por ciento de las acciones y derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere, el cinco por ciento de la propiedad del capital social de que es titular, a doña FABIOLA BELEN CUEVAS CORTES, ya individualizada, esto es el cinco por ciento de las acciones y derechos de la sociedad, declarando la cesionaria que acepta, compra y adquiere para sí el bien indicado. Los demás socios declaran su conformidad y se muestran de acuerdo con dicha transferencia. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, pagados de contado y en dinero efectivo, en este acto, a satisfacción del cedente y vendedor, quien declara recibirlo, quedando así extinguida la obligación de pagar el precio. Don PABLO ALEXIS CUEVAS SEGUEL, ya individualizada, dueño actual del treinta y cinco por ciento de las acciones y derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere, el cinco por ciento de la propiedad del capital social de que es titular, a doña FABIOLA BELEN CUEVAS CORTES, ya individualizada, esto es el cinco por ciento de las acciones y derechos de la sociedad, declarando la cesionaria que acepta, compra y adquiere para sí el bien indicado. Los demás socios declaran su conformidad y se muestran de acuerdo con dicha transferencia. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, pagados de contado y en dinero efectivo, en este acto, a satisfacción del cedente y vendedor, quien declara recibirlo, quedando así extinguida la obligación de pagar el precio. Las partes cedentes y cesionarias declaran no tener cargo alguno que formular por este concepto otorgándose en consecuencia, amplio, completo y total finiquito. De este modo, ingresa a la sociedad doña FABIOLA BELEN CUEVAS CORTES, en calidad de socia con un diez por ciento de participación en el capital social. En consecuencia, los únicos actuales socios de la sociedad son los siguientes con sus respectivas participaciones en el capital social: don JOSE LUIS CUEVAS JARA, con un treinta por ciento; doña CARMEN GLORIA CORTES CASTILLO, con un diez por ciento; doña FRANCISCA MACARENA TRIVIÑO CORTES, con un diez por ciento; doña CLAUDIA PAULINA TRIVIÑO CORTES, con un diez por ciento; don PABLO ALEXIS CUEVAS SEGUEL, con un treinta por ciento; y doña FABIOLA BELEN CUEVAS CORTES, con un diez por ciento; totalizando en conjunto el cien por ciento de las acciones y derechos de la sociedad”. El vicio que se sanea, es el hecho de no haberse efectuado la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de la comuna de Concepción. Se deja constancia que en lo no modificado sigue vigente el pacto social de fecha treinta de marzo de dos mil diecisiete, ya referido en la cláusula Primera de este instrumento, y el texto de la escritura de modificación de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, también referido en la cláusula Primera de este instrumento. Capital: $2.000.000.-. Demás estipulaciones en escritura que extracto.- Concepción, Enero 30 de 2024.