MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercial e Industrial Vicuña SpA

RUT 77035876-0 CVE 2448413
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2024
Notario
Verónica Torrealba Costabal
Oficio
Titular de la 33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil cincuenta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por período de cinco años cada uno

Objeto social

La importación, exportación, comercialización y representación de productos, insumos y artículos manufacturados, la fabricación y trabajos de manufactura que se puedan realizar con dichos productos, insumos y artículos que hubieren sido manufacturados, la comercialización de los mismos, así como todas las actividades conexas, complementarias y accesorias a las ya señaladas

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Vicente Vicuña Loyola y a don Sergio Francisco Salgado Sallato, con las facultades y en la forma establecidas en los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Verónica Torrealba Costabal, Notario Público Suplente del Titular de la 33 Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 24 de enero 2024, don Vicente Vicuña Loyola, cédula nacional de identidad número 17.086.610-K, domiciliado para estos efectos en calle Camino Farellones número 15.995, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don Sergio Salgado Sallato, cédula nacional de identidad número 17.268.278-2, domiciliado para estos efectos en calle Las Catalpas número 1.510, departamento 72, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, transformaron la sociedad denominada Comercial e Industrial Vicuña SpA, inscrita a fojas 51.438, número 25.472, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada – aprovechando de modificar su razón social-, cuyo nuevo estatuto se extracta de la siguiente manera: Nombre: “Comercializadora Fixma Color Limitada”, pudiendo utilizar, incluso ante los bancos e instituciones financieras, el nombre de fantasía “Fixma Color Ltda.”. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Vicente Vicuña Loyola y a don Sergio Francisco Salgado Sallato, con las facultades y en la forma establecidas en los estatutos sociales. Objeto: La importación, exportación, comercialización y representación de productos, insumos y artículos manufacturados, la fabricación y trabajos de manufactura que se puedan realizar con dichos productos, insumos y artículos que hubieren sido manufacturados, la comercialización de los mismos, así como todas las actividades conexas, complementarias y accesorias a las ya señaladas. Capital: La suma de $4.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) don Vicente Vicuña Loyola aporta la suma de $2.000.000 equivalente al 50% del capital social, la que se da por enteramente pagada e ingresada a la caja social con cargo a la participación accionaria de que es titular en la sociedad que se transforma, correspondiente a 2.000 acciones íntegramente suscritas y pagadas, y b) don Sergio Francisco Salgado Sallato aporta la suma de $2.000.000 equivalente al 50% del capital social, la que se da por enteramente pagada e ingresada a la caja social con cargo a la participación accionaria de que es titular en la sociedad que se transforma, correspondiente a 2.000 acciones íntegramente suscritas y pagadas. Domicilio: Ciudad de Santiago. Duración: Hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil cincuenta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por período de cinco años cada uno. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Me consta su calidad de únicos accionistas de Comercial e Industrial Vicuña SpA por haber tenido a la vista el correspondiente Registro de Accionistas, quedando protocolizado, junto con la escritura, un certificado en tal sentido. Santiago, 24 de enero 2024.