MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MONARI y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 79511040-2 CVE 2448189
Fecha instrumento
30 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de noviembre de 2023
Repertorio
85172-2023
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes, y ciudad de Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2023, Repertorio N° 85.172-2023, ante el Titular: doña VERA MILENA ESPINOZA MONARI, domiciliada en General Blanche 12.100, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don PABLO ALONSO ESPINOZA MONARI, domiciliado en Avenida Salvador 149 oficina 510, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña PAMELA SOFIA MUÑOZ MONARI, con domicilio en calle Nocedal 6.573, casa D, comuna de La Reina, Región Metropolitana; y, doña ANDREA ALESSANDRA REPOSI GARIBALDI, domiciliada en Avenida Presidente Kennedy 9.540, departamento 1011, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad cuya razón social es MONARI Y COMPAÑÍA LIMITADA, constituida el 25 de mayo de 1984, mediante escritura pública otorgada ante Notario Público de Santiago don Eduardo Avello Arellano, e inscrita a fojas 7.367, número 4.107, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1984, publicada en el Diario Oficial el día 11 de junio de 1984, en su edición N°31.893. Acordaron los socios el ingreso a la sociedad de doña Pamela Sofía Muñoz Monari y de doña Andrea Alessandra Reposi Garibaldi, cada una mediante la compra del 20% de derechos sociales pertenecientes a doña Vera Milena Espinoza Monari, quien era dueña del 50% de los derechos sociales en el total del haber o capital social. Como consecuencia de las cesiones convenidas, los actuales y únicos socios de la sociedad MONARI Y COMPAÑÍA LIMITADA son doña Vera Milena Espinoza Monari con un 10% de los derechos sociales; doña Andrea Alessandra Reposi Garibaldi con un 20% de los derechos sociales; doña Pamela Sofía Muñoz Monari con un 20% de los derechos sociales; y, don Pablo Alonso Espinoza Monari con un 50% de los derechos sociales. De esta forma, los socios acordaron sustituir el Artículo Sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTICULO SEXTO”: El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos aportados por los socios de la siguiente manera: Uno) Doña VERA MILENA ESPINOZA MONARI aporta la cantidad de cien mil pesos equivalente al diez por ciento de los derechos sociales, ya enterados en arcas sociales; Dos) Don PABLO ALONSO ESPINOZA MONARI aporta la cantidad de quinientos mil pesos equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, ya enterados en arcas sociales; Tres) Doña PAMELA SOFIA MUÑOZ MONARI aporta la cantidad de doscientos mil pesos equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales, ya enterados en arcas sociales; Cuatro) Doña ANDREA ALESSANDRA REPOSI GARIBALDI aporta la cantidad de doscientos mil pesos equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales, ya enterados en arcas sociales. De este modo el capital social se encuentra íntegramente pagado y enterado.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente los Estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2024.