Inversiones Los Lagares SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2024
- Repertorio
- 663
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Apoquindo Nº 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de modificación de “Inversiones Los Lagares SpA” (la “Sociedad”), fecha 25 de enero de 2024, Repertorio N° 663, ante mí, sociedad inscrita a fojas 54.066, número 25.033 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, don Fernando José Ovalle Correa, en su calidad de único y actual accionista de la Sociedad, según consta en el Registro de Accionistas de la Sociedad que tuve a la vista, modificó los estatutos de la Sociedad, sustituyendo íntegramente el artículo tercero del pacto social relativo al objeto de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: i) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, intermediación o administración; ii) la fabricación, reparación, diseño, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de muebles, especialmente destinados a viviendas, oficinas, establecimientos de comercio, clínicas, restoranes, entre otros; iii) la comercialización, distribución, importación y exportación de todo tipo de partes y piezas de muebles, sean estos de madera, metal, vidrio, acrílico, cuero u otros, como asimismo, todo tipo de artículos de decoración; iv) prestación de servicios de asesorías, confección y desarrollo de proyectos de diseño y decoración de espacios interiores; v) remodelación de espacios interiores de casas, oficinas, y recintos habitables en general; vi) prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo a, actividades de comerciales y actuar como intermediaria y/o comisionista; y vi) desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de sus giros.”. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 26 de enero de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.