INVERSIONES CLUNY SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- CLUNY LTDA. II
- Capital
- $210.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 50 años contados desde la fecha de este instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. V
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña María Inés Jullian de la Fuente, y a don Guillermo Rodolfo Rivera Jullian, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos y anteponiendo a sus firmas la razón social, estarán premunidos con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura de fecha 28 de diciembre de 2023, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: i) doña María Inés Jullian de la Fuente; ii) la sociedad EL BOLDO SpA; y, iii) la sociedad LOS LIGUSTROS SpA, todos domiciliados en calle Gran Vía 8.696, casa 18, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos accionistas de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista de INVERSIONES CLUNY SpA, quienes acordaron convertir la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son del siguiente tenor: I. Razón Social. La razón social será INVERSIONES CLUNY LIMITADA. Nombre de fantasía: CLUNY LTDA. II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: (a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; (b) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; (c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; y, (d) Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación, exportación de toda clase de bienes, la prestación de toda clase de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios. III. Domicilio. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. IV. Duración. La duración de la sociedad será de 50 años contados desde la fecha de este instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. V. Capital. El capital social es la suma única y total de $210.000.000, los cuales son pagados por sus socios en dinero en efectivo en este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) doña María Inés Jullian de la Fuente, con $10.000.000, equivalentes al 4,76% del capital y los derechos sociales; (ii) la sociedad EL BOLDO SpA, con $100.000.000, equivalentes al 47,62% del capital y los derechos sociales; y, (iii) la sociedad LOS LIGUSTROS SpA, con $100.000.000, equivalentes al 47,62% del capital y los derechos sociales.. VI. Administración. La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña María Inés Jullian de la Fuente, y a don Guillermo Rodolfo Rivera Jullian, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos y anteponiendo a sus firmas la razón social, estarán premunidos con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 18 de enero de 2024.